Para interpretar lo que pasa
■ En diciembre de 2006, varios abogados españoles presentaron una serie de denuncias ante la Audiencia Nacional con respecto a las víctimas de la represión franquista en España. El caso fue asignado al Juzgado Central de Instrucción número 5, del que es titular el magistrado-juez Baltasar Garzón Real.
■El 29 de enero del 2008, la Fiscalía de la Audiencia Nacional, de conformidad con las instrucciones orales del Fiscal General del Estado, emitió su dictamen sobre la admisibilidad de las denuncias. Su conclusión fue que «no procede admitir a trámite las denuncias presentadas, al no ser competente el Juzgado Central de Instrucción, debiendo procederse al archivo.
■ El 16 de octubre del 2008, casi dos años después de la presentación inicial de las denuncias, el juez Baltasar Garzón dictó auto por el que declara su competencia para investigar los crímenes cometidos contra las víctimas del franquismo. Desafortunadamente su investigación se centró en localizar y desenterrar los restos de las víctimas, dejando de lado la cuestión de la responsabilidad penal de los victimarios. Además, Garzón limitó su investigación al período que va de 1936 a 1952. [El problema es que, según la legislación española, la Audiencia Nacional sólo tiene competencia para conocer de los delitos contra la Corona, terrorismo, tráfico de drogas, delitos monetarios, delitos contra la seguridad del tráfico mercantil en más de una provincia y crímenes graves contra los derechos humanos (crímenes de guerra, contra la humanidad, etc.) cometidos fuera del territorio español (esto último, tras la reforma reciente de la LOPJ, en los casos en que exista un nexo con intereses españoles, como la nacionalidad de las víctimas). Fuera de los anteriores supuestos, la Audiencia Nacional no tiene competencia, para investigar o juzgar casos de delitos cometidos por ciudadanos españoles contra ciudadanos españoles en el territorio español. Estos casos pueden ser solamente vistos por los jueces naturales.
Bajo la legislación española y la jurisprudencia en vigor, la declaración de competencia por parte de un juez en casos no previstos por la ley es un delito muy grave. Por esta razón, Garzón ha sido acusado de prevaricación y está siendo investigado por el Consejo General del Poder Judicial. Como fue de esperar, la Fiscalía apeló la competencia de Garzón.
■ El 7 de noviembre de 2008 el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, por 10 votos a favor y 5 en contra, decidió dar razón a la Fiscalía de la Audiencia y solicitar al Juez Instructor que «paralice todas las actuaciones acordadas en el sumario 53/08».
El 18 de noviembre de 2008 Garzón hace público un auto inhibitorio a favor de los jueces naturales, concretamente a más de 60 juzgados ordinarios repartidos por todo el Estado. Esta acción conllevó y conlleva un serio problema para las víctimas y esto por dos razones principales: muchas audiencias provinciales han dictado ya autos que cierran este tipo de casos, y con el denominador común de ni siquiera permitir a las víctimas el recurso al Tribunal Supremo; y no existen abogados con formación suficiente en derecho internacional para hacer frente a una avalancha procesal como la dispuesta por el Juez Garzón, ni jueces que tengan conocimientos de derecho penal internacional para substanciar los casos respetando el debido proceso y el derecho penal europeo e internacional. Esto forma parte de lo que el Equipo Nizkor ha caratulado como «el modelo de impunidad español».
■ En la actualidad. De mayor preocupación para Garzón y potencialmente para la justicia internacional, es la denuncia presentada en su contra por dos organismos de extrema derecha, quienes alegan que el verdadero error de Garzón fue caracterizar a los crímenes franquistas como crímenes contra la humanidad. Uno de estos grupos es la Falange Española de las JONS, el equivalente español al partido Nacionalsocialista en Alemania. Este grupo persigue el objetivo de reivindicar las acciones de la dictadura franquista. Pudo presentar esta denuncia ya que, como consecuencia de la aprobación de la Ley de la Memoria, el Congreso reconoció la legalidad de este partido.
Esta querella ha sido aceptada por el Tribunal Supremo. El juez ponente en este caso es el mismo que formuló un voto disidente en favor de Adolfo Scilingo en la sentencia del Tribunal Supremo que ratificó su condena por crímenes contra la humanidad. El represor argentino Adolfo Scilingo es conocido por su confesión de haber participado en los «vuelos de la muerte».
Existe un peligro serio de que el Tribunal Supremo, en lugar de limitarse a valorar la cuestión de la competencia de Garzón, entre en las cuestiones sustantivas y utilice este caso para rechazar la aplicación de la tipificación penal de crímenes contra la humanidad a los delitos cometidos por el régimen franquista.
■ El 22 de abril de 2010 El Ministerio Público insistía anteayer en el escrito remitido al magistrado del TS instructor de la causa, Luciano Varela, en que los hechos por los que se investiga al juez de la Audiencia Nacional «no son constitutivos de delito» y se oponía a la apertura de un juicio oral al magistrado de la Audiencia Nacional. Dicho argumento ya lo expuso el fiscal el pasado mes de enero cuando pidió el archivo de la causa abierta a raíz de la querella por prevaricación interpuesta por Manos Limpias, Libertad e Identidad y Falange Española de las Jons contra Garzón, y de quienes ha afirmado en su nuevo escrito que «carecen de legitimación procesal» para sentar al juez en el banquillo. Según el Ministerio Público, el «fundamento jurídico de la acción popular no puede buscarse, ni encontrarse, en un principio de desconfianza hacia el Ministerio Fiscal» y sólo podrá ejercitarse «en los procesos que la ley determine» porque «opinar lo contrario sería tanto como afirmar que la acusación popular cuenta con mayores facultades procesales». La petición fiscal se produce un día después de que Varela rechazara los escritos de acusación de las tres organizaciones y les diera un plazo de veinticuatro horas —que concluía ayer a medianoche— para corregirlos. Así, el sindicato ultraderechista Manos Limpias anteayer a las 12:00 horas en el Tribunal Supremo su nuevo escrito, en el que han subsanado los varios «defectos formales, tales como incluir hechos ajenos a los que constituyen el objeto del proceso, que les señaló el magistrado. Con respecto a Falange, el juez rechazó su escrito —en el que se refería al magistrado como «juzgador de la historia y redentor del bando vencido»— por contener «múltiples valoraciones» ajenas al procedimiento. Mientras, varias asociaciones para la recuperación de la memoria histórica presentaban también el jueves en el Consejo General del Poder Judicial cien de las doscientas mil firmas recogidas en su campaña «Un millón de voces en defensa de las víctimas del franquismo». Ayer, el juez del Tribunal Supremo Luicano Varela expulsó a Falange de este proceso porque ajustó su escrito a forma.
■ Los otros problemas de Garzón. El juez tiene problemas legales más serios. En 2005, Garzón obtuvo una licencia con goce de sueldo para ir a estudiar inglés a los Estados Unidos, para lo que se le autorizó a viajar con dos guardaespaldas y una secretaria judicial en funciones de secretaria personal. Durante su estadía quiso dar una serie de conferencias por las cuales recibió honorarios. Según la legislación española, un juez en excedencia no puede recibir remuneraciones, al ser esto incompatible con su función. Este hecho fue investigado por el Consejo General del Poder Judicial y archivado porque las faltas de este tipo tienen un período de prescripción de 2 años y la denuncia de los hechos se hizo luego de ese período.Sin embargo, han salido a la luz nuevas pruebas que demuestran que el propio Garzón le solicitó al presidente del Banco Santander, Emilio Botín, que financiara sus charlas en Nueva York. Esta financiación alcanzó los 300.000 dólares. A su regreso de Nueva York , Garzón archivó una querella en contra de Botín que había recaído en su juzgado. El 28 de enero de 2010, el TS aceptó la denuncia contra Garzón por presuntos delitos de cohecho, prevaricación y estafa. Botín declarará ante el alto tribunal en el ámbito de este caso y hasta ahora se ha mantenido al margen de valoraciones sobre procedimientos judiciales.