Diario de León

Reportaje | r. c.

Lo que no pasa el filtro

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Lengua (artículo 6, apartado 1): Se anula la preferencia del uso de la lengua catalana en las administraciones públicas y en los medios de comunicación públicos de Cataluña.

Defensor del Pueblo catalán (artículo 78, apartado 1) : Se suprime la exclusividad del Sindic de Greuges (defensor del pueblo catalán) para supervisar la actividad de la administración autonómica, organismos públicos, empresas privadas que gestionan servicios públicos o la actividad de personas con vínculos con la Generalitat.

1397124194 Poder Judicial (artículo 97): Se elimina la creación del Consejo de Justicia de Cataluña como órgano de gobierno de los jueces que ejercen en su jurisdicción. Este consejo pretendía actuar como órgano paralelo al Consejo General del Poder Judicial del estado.

1397124194 Poder Judicial (artículo 98, apartado 2): Al suprimirse el Consejo de Justicia catalán se prescinde de la designación de todos los altos cargos, el nombramiento y cese de jueces, las funciones disciplinarias sobre los miembros de la carrera judicial o la inspección de los juzgados y tribunales.

Fiscalidad (artículo 206, apartado 3): Se anula la competencia de la Generalitat para limitar su aportación al fondo de solidaridad autonómica.

1397124194 Relaciones bilaterales (artículo 111, 120 y 126): Es inconstitucional que la Generalitat comparta determinadas competencias con el Gobierno central. Entre ellas asuntos como Cajas de Ahorros o entidades de crédito.

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