Diario de León

CC.OO. pide a la Audiencia Nacional que anule el ERE por «fraude de ley»

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maría r. mayor | valladolid
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El sindicato Comisiones Obreras ha presentado una demanda ante la Audiencia Nacional, en la que solicita la nulidad del acuerdo de despido colectivo firmado por Banco Ceisscon UGT y Csica el pasado 8 de mayo.

La demanda de CCOO, a la que ha tenido acceso este periódico, propone la nulidad del acuerdo sobre la base de que CEISS ha actuado con «mala fe» y cometido supuestamente «fraude de ley y manifiesto abuso de derecho», además de haber discriminado a distintos colectivos de trabajadores.

El sindicato, representado por el letrado Armando García López, argumenta que el banco actuó de mala fe porque, cuando comenzó la negociación del ERE, ya sabía que iba a formar parte de un grupo más amplio, como era Unicaja, «completamente saneado y con una más que reconocida solvencia económica».

Esta información, según CCOO, se ocultó a los representantes de los trabajadores «de manera premeditada». Como prueba de ello, afirma que «seis días después» de la firma del ERE, la Comisión Europea dio luz verde al nuevo plan de reestructuración de Ceiss con vistas a su posible adquisición por Unicaja». «Lo procedente», incide el sindicato, «hubiera sido negociar el expediente en la nueva entidad».

Respecto a la acusación de fraude de ley, CCOO alega en su demanda que se pretende aplicar las medidas de ahorro de costes a los trabajadores de Caja España-Duero, «entidad totalmente distinta y diferenciada del Banco Ceiss», cuando estos no han participado en el proceso negociador del ERE. Otro tanto ocurre con prejubilados y personal pasivo de las cajas, así como con todos los empleados de las empresas del grupo.

Una segunda argumentación del fraude de ley se refiere a que algunas medidas negociadas en el ERE se prolongan hasta el 30 de junio de 2016 y, por tanto, 18 meses más allá del momento en que es aplicable un nuevo convenio.

Comisiones Obreras también considera discriminatorio el acuerdo para algunos empleados. Es el caso de los trabajadores de 64 años, que no pueden acogerse a las bajas voluntarias incentivadas. También el de los mayores de 56 años, con una antigüedad de al menos 10 años.

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