El Supremo eleva de 11 a 17 años la condena a Roca por el caso Malaya
El alto tribunal confirma en líneas generales las penas impuestas por la Audiencia de Málaga.

Roca durante el juicio celebrado en la Audiencia.
No ha habido demasiadas sorpresas. El Tribunal Supremo confirma la mayoría de las condenas dictadas por la Audiencia Provincial de Málaga en el caso Malaya, el macro sumario sobre las redes de corrupción que durante años camparon a sus anchas en el Ayuntamiento de Marbella. De los 52 condenados en primera instancia a cientos de años, el alto tribunal sólo salva a cuatro imputados, a los que revoca sus condenas, que en cualquier caso eran menores.
La mayor novedad sin duda de la extensísima sentencia del Supremo -3.138 páginas- es que la Sala de lo Penal eleva de 11 a 17 años la condena para el principal imputado, el ex asesor urbanístico Juan Antonio Roca. El fallo acepta la petición de la Fiscalía Anticorrupción e imputa al cerebro de Malaya un delito fiscal por el ejercicio de 2002 y le agrava las penas por cohecho y blanqueo de capitales.
El Supremo certifica, como ya hiciera la Audiencia Provincial, que Roca fue durante años el verdadero dueño y señor en la sombra del consistorio marbellí. La sentencia declara como probado que Roca, aunque jamás ocupó un cargo electo, «dominaba» la corporación municipal marbellí hasta el punto, insiste el fallo, en que el imputado ejerció como «alcalde de hecho» durante años. Y mientras, los concejales «se aquietaban a sus tejemanejes». El fallo recalca que ese control Juan Antonio Roca lo ejerció sin problemas con el ex alcalde Julián Muñoz, condenado en este sumario y que cumple prisión por otra causa, o con la también exprimera edil Marisol Yagüe.
Otra de las pequeñas correcciones de la sentencia se refiere a la condena precisamente de Yagüe, que se rebaja de 6 años a 5 años y 6 meses, ya que el incremento en un año y 6 meses de la pena por el delito de cohecho se compensa con la absolución por el delito de alteración del precio de concursos y subastas públicas, por el que se le habían impuesto dos años de cárcel.
El Tribunal Supremo también absuelve de éste último delito a la ex concejal socialista, Isabel García Marcos, cuya pena pasa a ser de 3 años y 6 meses de prisión.
Para el Estado
La Sala de lo Penal, además, deja sin efecto la decisión de la Audiencia Provincial de Málaga de que los bienes decomisados y el importe de las multas se destinaran a abonar las deudas generadas con el Ayuntamiento de Marbella y ordena que dichas cantidades se adjudiquen al Estado. Entre esas sanciones estaban los 240 millones de euros que el tribunal de primera instancia impuso a Roca.
La sentencia, que resuelve 48 recursos y de la que ha sido ponente el magistrado Juan Saavedra Ruiz, desestima la gran mayoría de las conculcaciones de derechos fundamentales alegadas por los recurrentes, entre ellas, la vulneración de su derecho a un juez imparcial durante la instrucción de la causa. La Sala de lo Penal sí considera nulas algunas de las intervenciones telefónicas, acordadas por el instructor, que suponen la absolución de tres empresarios. Se desestima el recurso interpuesto por la Junta de Andalucía por carecer de legitimación para el ejercicio de la acción popular.
Los magistrados del Supremo frenan en seco la pretensión de algunos recurrentes de que se les aplicara la atenuante de dilaciones indebidas durante el proceso. No obstante, el tribunal admite sin ambages que este tipo de «macro sumarios» no hacen más que generar efectos «perversos» para la administración de justicia. La sala no duda en poner en cuestión el tipo de instrucción vigente en estas causas tan extensas, que terminan siendo enjuiciadas muchos años después de comenzarse la instrucción.