Diario de León

Estrasburgo avala al Constitucional en la suspensión del pleno del ‘procés’

Defiende que la decisión era necesaria «para mantener la seguridad pública y la defensa del orden».

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mateo balín | madrid

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) se pronunció ayer por vez primera sobre el ‘procés’ secesionista en Cataluña. La Corte de Estrasburgo rechazó la demanda presentada por el expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, procesado en rebeldía, la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y otros 74 diputados contra la anulación del pleno de la Cámara de octubre de 2017 en el que se iba a declarar la independencia de Cataluña.

Por unanimidad, los magistrados consideran que la suspensión dictada por el Tribunal Constitucional (TC) de la resolución del Parlament era «necesaria en una sociedad democrática» para «mantener la seguridad pública, la defensa del orden y la protección de los derechos y libertades ajenas». La Sala Tercera del Tribunal de Estrasburgo considera que la demanda presentada por el abogado Andreu Van den Eynde, defensor de Oriol Junqueras y Raül Romeva en el juicio del ‘procés’, está «manifiestamente mal fundada».

Suspensión cautelar

Después del referéndum ilegal del 1 de octubre, dos grupos parlamentarios, Catalunya Si Que Es Pot y la CUP, pidieron a la Mesa del Parlament que convocara una sesión para evaluar los resultados de la consulta. La Mesa lo aceptó y planificó para el 9 de octubre, pero los otros grupos se opusieron con el argumento de que se infringía el reglamento. Los socialistas llevaron el caso ante el Constitucional —recurrieron 16 diputados— y pidieron una medida de suspensión cautelar.

La Corte de Estrasburgo recuerda ahora que Puigdemont compareció ante el Pleno de la Cámara catalana al día siguiente, el 10 de octubre, donde «declaró la independencia de Cataluña (tras el referéndum del 1-O), que el Parlament dejó después sin eficacia legal». La decisión señala que la sesión plenaria fue convocada según el artículo 4.4 de la Ley 19/2017, «suspendida provisionalmente el 7 de septiembre de 2017 por el Tribunal Constitucional», por lo que quedó «temporalmente inaplicable».

«Protección del orden constitucional» La decisión de la Mesa del Parlament de convocar el Pleno «supuso un incumplimiento manifiesto» de las decisiones del alto tribunal que tenían por objeto «la protección del orden constitucional», señala el Tribunal europeo. Entre los demandantes se encuentran los que fueran miembros de Junts pel Sí y la CUP, Oriol Junqueras, Raul Romeva, Josep Rull, Jordi Turull, Dolors Bassa, Antoni Comin, Anna Gabriel, Marta Rovira, Lluis Llach, Roger Torrent, David Bonvehí y Germá Gordó.

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