¿Qué implica desjudicializar el ‘procés’ catalán?

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León

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La llamada «desjudicialización» del ‘procés’ vuelve a estar en el centro de la negociación para el apoyo de los partidos independentistas a la investidura de Pedro Sánchez.

Cerrado el primer capítulo con el indulto parcial a los dirigentes condenados a prisión por el Tribunal Supremo (junio de 2021) y la reforma de los delitos de sedición y malversación (enero de 2023), ahora se abre un segundo apartado con multitud de aristas y serias dudas jurídicas sobre su aplicación.

Aunque el independentismo ha llegado a cifrar en 4.200 los «represaliados», el portal Verificat comprobó que unos 700 estaban pendientes de juicio. El conjunto de causas van desde los preparativos del referéndum del 1-O, con altos cargos de Junts, de ERC y funcionarios del Govern implicados, a los centenares de jóvenes acusados de los disturbios que siguieron a la sentencia del Supremo en 2019. Los primeros en sentarse en el banquillo serán dos figuras en Esquerra: Josep Maria Jové y Lluís Salvadó. La Fiscalía les pide siete y seis años y tres meses de cárcel, respectivamente, por haber comandado desde la Conselleria de Economía la organización del 1-O. En menos apuros se encuentran los 40 ex altos cargos y funcionarios investigados por la preparación del referéndum y los gastos exteriores, entre ellos el exconseller Raül Romeva, condenado por el Supremo e indultado.

Delitos de terrorismo

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El recorrido judicial pendiente del ‘procés’ también tiene parada en la Audiencia Nacional. Allí esperan juicio doce miembros de los CDR procesados por delitos de pertenencia a organización terrorista, tenencia, depósito y fabricación de explosivos y estragos. Se exponen a peticiones elevadas de pena. En el tribunal central también está abierta otra causa por terrorismo relativa a las movilizaciones de la plataforma Tsunami Democràtic tras la sentencia del ‘procés’.