La periodista que comió con Mazón, citada para testificar en una semana
La Audiencia le recuerda a la jueza que puede dar información que solo ella tiene

EFE
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha ordenado que declare como testigo en la causa de la dana, que se instruye en la Plaza número 3 del Tribunal de Instancia de Catarroja, la periodista Maribel Vilaplana, que comió con el presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, en un restaurante el 29 de octubre de 2024. De esta forma, la Audiencia ha estimado parcialmente en un auto el recurso de apelación interpuesto por una acusación particular y han revocado la decisión adoptada por la jueza instructora en un auto dictado el pasado 12 mayo y que ella misma confirmó el 16 de junio, al desestimar un recurso de reforma. La Sala ha tenido en cuenta para resolver el recurso la carta difundida, con posterioridad al dictado de la resolución recurrida, por la propia periodista a través de los medios de comunicación, y que fue unida al procedimiento mediante un auto de fecha 11 de septiembre de 2025, en el que la instructora volvió a denegar la testifical. La Audiencia concluye que descartar la posibilidad de que la comunicadora, «en sede judicial, con las exigencias y características propias de una diligencia procesal, pudiera ofrecer elementos de interés a los que no hizo referencia en la carta que publicó, se revela precipitado». «No se puede descartar que, interrogada en las condiciones y con las garantías del proceso penal, pueda ofrecer detalles o matices que pudieran resultar de interés para la investigación. Su testimonio, por lo demás, podría ofrecer información que solo ella, el presidente de la Generalitat y sus interlocutores podrían conocer», recoge el auto de apelación. A juicio de la Audiencia, «la diligencia en cuestión se revela aparentemente pertinente y apta, a priori, para poder aportar información relevante sobre el proceso seguido la tarde del 29 de octubre en la toma de decisiones, el cual es objeto de la investigación penal en curso». «De momento, procede avanzar en la investigación (...) y solo en el caso de que la juez de Instrucción detectara la concurrencia de indicios reforzados, fundados, de criminalidad contra el ‘president’ y, elevada la exposición razonada, el TSJCV compartiera la valoración de la juez, cabría extender el ámbito subjetivo de la investigación al mismo y sería Tribunal Superior el órgano competente para ello», agrega la Audiencia Provincial.