Diario de León

Emitir sustancias dañinas para el hombre será delito penado con cárcel

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EP - MADRID.

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El anteproyecto de ley de reforma del Código Penal aprobado por el Gobierno introduce un nuevo tipo delictivo que castiga con prisión de dos a cuatro años al que de forma deliberada realice emisiones o vertidos en el medio ambiente que causen muertes o requieran tratamiento médico. La reforma incluye un nuevo punto en el artículo 325 del Código Penal que establece: «El que dolosamente libere, emita o introduzca radiaciones ionizantes u otras sustancias en el aire, tierra o aguas marítimas, continentales, superficiales o subterráneas, en cantidad que produzca en alguna persona la muerte o enfermedad que, además de una primera asistencia facultativa, requiera tratamiento médico o quirúrgico o produzca secuelas irreversibles, será castigado, además de con la pena que corresponda por el daño causado a las personas, con la prisión de dos a cuatro años». En su exposición de motivos, el anteproyecto de reforma indica que este nuevo tipo delictivo está derivado de una decisión marco de la UE, y que representa una «importante novedad para la lucha contra formas de delincuencia actual causante de gravísimos perjuicios».

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