Diario de León

La Audiencia considera que Palomino fue asesinado por ser antifascista

El tribunal condena al militar neonazi Josué Estébanez a 26 años de cárcel por perpetrar el crimen por odio ideológico, lo que convierte a la sentencia en pionera

Imagen de archivo del soldado profesional Josué Estébanez, condenado a 26 años de prisión.

Imagen de archivo del soldado profesional Josué Estébanez, condenado a 26 años de prisión.

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mateo balín | madrid
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El tribunal que juzgó al neonazi Josué Estébanez por el asesinato del joven antifascista Carlos Palomino sentenció ayer que en el crimen perpetrado hace dos años en el metro de Madrid estuvo motivado por el odio ideológico. Una agravante penal que elevó la condena impuesta al asesino hasta los 26 años de prisión, como pedían el fiscal y las partes acusadoras en el proceso, que calificaron el fallo de «sentencia pedagógica de gran altura».

Fue, sin duda, una sentencia pionera pues no es común que un tribunal en España considere una agravante el odio ideológico. La Audiencia Provincial de Madrid explicó que «las extremas discrepancias de pensamiento constituyeron el móvil que guió la agresión de Josué contra Carlos, como se desprende inequívocamente del comportamiento del acusado al situarse junto a una de las puertas de entrada del vagón, con la navaja escondida, esperando serenamente la entrada de sus oponentes ideológicos, utilizando el nimio pretexto de ser preguntado por su sudadera para asestarle sin más la puñalada mortal».

El tribunal condenó además al ex militar por otros dos delitos, uno por el intento de homicidio a un amigo de Palomino, que resultó gravemente herido, y por una falta de lesiones a otros dos jóvenes antifascistas. En total, 26 años de prisión y 160.000 euros de indemnización, tres menos de lo que pedía el fiscal, ya que al final los jueces absolvieron al condenado de los delitos de amenazas y tenencia de armas.

Los jueces amparan esta rebaja en que durante el auto de procesamiento ni existió referencia alguna al puño americano que portaba el asesino ni las partes lo incluyeron en sus escritos. Con respecto a la navaja con la que se perpetró el crimen ideológico, que nunca fue hallada, añadieron que no forma parte del ilícito de tenencia de armas porque su medida era menor a lo estipulado en el Código Penal.

1397124194 Controversia. No obstante, uno de los puntos más controvertidos para las acusaciones es que el tribunal rechazó que la senda criminal que dejó Estébanez una vez apuñalado a Palomino, dos heridos grave por arma blanca, estuviese igualmente motivada por odio ideológico. La razón, según el tribunal, es que «la situación había variado sustancialmente tras el apuñalamiento mortal» pues el acusado «intentaba mantener una posición de fuerza dentro del vagón para escapar» lo antes posible antes que agredir a los compañeros de la víctima.

El presidente de Movimiento contra la Intolerancia, Esteban Ibarra, acusación popular en el juicio, expresó su satisfacción por la resolución dictada y aseguró que «va a generar una pedagogía social de prevención de la violencia», ya que «lanza un mensaje inequívoco para todos los que la perpetran».

Mientras, el abogado de la familia del joven fallecido, Erlantz Ibarrondo, dijo estar «moderadamente satisfecho» ya que, aunque no cumplirá la condena que consideraba adecuada, solicitó 37 años de prisión para el acusado, «se reconoce la agravante de odio ideológico, que era lo que considerábamos más importante».

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