Diario de León
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Vivimos unos días de luto oficial decretados por el Gobierno que únicamente tiene como repercusión que las banderas están a media asta en los edificios oficiales. Y esta semana hemos conocido una sentencia del Tribunal Supremo que determina que sólo pueden exhibirse las oficiales. Anula un acuerdo del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife que decidió exhibir en su sede una bandera independentista canaria. La Sala III (de lo Contencioso-Administrativo) determina que no es compatible ni con la Constitución ni con el marco de normas vigente la colocación de banderas no oficiales en el exterior de los edificios públicos, aunque sea de forma ocasional. No es legal, ni cumple «con el deber de objetividad y neutralidad de las administraciones públicas, la utilización, incluso ocasional, de banderas no oficiales en el exterior de los edificios y espacios públicos». La sentencia del alto tribunal cierra la puerta directamente a las exhibiciones temporales de banderas como las del día orgullo LGBTIQ+ y de otras jornadas especiales o conmemorativas.

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