Diario de León

TRIBUNA

País receptor de fugitivos

Publicado por
RICARDO MAGAZ. Profesor de Fenomenología Criminal de la UNED y Escritor
León

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Buscar el término «fugitivo» en Google significa toparse de pronto con varios cientos de miles de entradas, imposibles de digerir en un tiempo prudencial. Abundan especialmente las referencias literarias y cinematográficas, que tanta tinta y celuloide han producido en el último siglo. Sin embargo, el navegante apenas encontrará nada acerca del trasfondo y la dimensión ensayística del fugitivismo punitivo, excepto las notas de prensa policiales, con ocasión de arrestos de delincuentes en busca y captura.

En verdad resulta insólito que siendo España uno de los lugares situados en el ranking del fugitivismo importando, carezcamos de estudios oficiales sobre los que sustentar una exposición rigurosa de su «sociología», que trascienda el mero hecho de la detención y el origen transgresor que la motivó. Para ello no queda más remedio que acudir a las memorias corporativas en la materia, caso de la Sociedad Científica Española de Criminología.

La delincuencia internacional, ahora llamada crimen organizado transnacional, produce una figura que, más allá del género negro literario y cinematográfico, es consecuencia lógica de su propia naturaleza. Nos referimos al fugitivo punitivo y a la clandestinidad como caldo de cultivo de éste.

Las esferas delincuenciales han venido generando históricamente fugitivos en cuanto a persona que huye o se esconde de la acción de la justicia o de las autoridades. También cabe contemplar al fugitivo por otros motivos de carácter socio-político, racial o religioso, que no estarían incluidos necesariamente en el ámbito penal. En cualquier caso, no debe confundirse al fugitivo con el desaparecido.

El quebrantamiento de condena y la ausencia en el proceso judicial suelen ser las causas más frecuente del fugitivismo común. Dependiendo de su situación, se distinguirían diversos géneros: prófugo, evadido, desertor, fugado, en busca y captura, en paradero desconocido y otras adjetivaciones, merced a sus especificidades jurídicas o administrativas. La clandestinidad del fugitivo es, por consiguiente, producto natural de su condición. El modus vivendi de huida e incógnito hace que su actividad disminuya cuantitativamente; no tanto, sin embargo, en el terrorista.

Así las cosas, conviene formular la pregunta del millón: ¿resulta España un lugar atractivo para los fugitivos? La respuesta es rotunda; sí, sin duda. Rotunda e inevitable. Como ocurriría en otros territorios análogos al nuestro, donde la primera industria nacional sea el turismo, con cerca de cincuenta millones de visitantes foráneos al año, de modo que ese hábitat permitiera mimetizarse al perseguido internacional con el ambiente y pasar desapercibido, o al menos intentarlo. Además, los huidos valoran el clima y la situación geoestratégica de la Península Ibérica, tanto con objeto de permanecer inadvertidos o durmientes, como para activarse en un momento determinado por el espacio Schengen.

A fin de poner coto a este problema, desde el 2001 existe una Red mundial de Interpol consagrada a la búsqueda de delincuentes en fuga, que pretende facilitar la cooperación transfronteriza y aliviar las dificultades entre jurisdicciones y procedimientos. Por su parte, la Unión Europea instauró en enero del 2004 la orden europea de detención y entrega que, junto al Acuerdo Schengen, el Tratado de Prüm, y por supuesto la Oficina Sirene y Europol, conforman algunas herramientas para afrontar la situación. No obstante, en noviembre del 2010, la UE fundó la European Network of the Fugitive Active Search Teams (Red europea de equipos de búsqueda activa de fugitivos), cuya labor consiste en reforzar la coordinación de las organizaciones encargadas del rastreo y captura.

Por lo que respecta a España, en el 2004 se creó el Grupo de Localización de Fugitivos, dependiente de la Brigada Central de Crimen Organizado de la Policía. En la Guardia Civil funciona el Grupo de Huidos de la Justicia, que pertenece a su Unidad Central Operativa. Cabe subrayar que estos equipos policiales, a diferencia de otros, no necesitan aportar pruebas ni testigos para practicar detenciones ya que el delincuente perseguido está reclamado en virtud de una resolución o sentencia de un juez o tribunal de su país.

Con todo, no quisiera concluir estas líneas dejando la idea de que España es un cobijo impune de fugitivos, tipo Far West sin ley. En absoluto. Evidentemente, no se puede negar la mayor. Nuestro país, por las condiciones expuestas, resulta a priori llamativo, lo queramos o no, para este tipo de prófugos que buscan refugio subrepticio. Cosa distinta es que se las prometan muy felices y se crean impunes. En resumidas cuentas, ni no lo son ni lo están. Valga de ejemplo, por paradigmático, la captura del escurridizo e «indetectable» criminal de guerra croata Ante Gotovina en Canarias.

Y prueba de ello es que, pese a comenzar el párrafo inicial de este artículo aludiendo a la escasez de datos para el análisis sociológico de la figura del fugitivismo punitivo y su fenomenología, sin embargo, y así hay que señalarlo, cualquiera que acceda a Internet o a otros medios de comunicación hallará infinidad de reseñas que dan cuenta de las detenciones de fugitivos y reclamados, practicadas a diario por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

En suma, la huída del pasado suele acabar, tarde o temprano, en el banquillo de la justicia. Las estadísticas lo ponen de manifiesto.

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