Diario de León

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No ha pasado desapercibido el recurso anunciado por la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, contra dos apartados de la disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 14/2013. El precepto ahora recurrido permite a la Junta de Gobierno local, o al alcalde, asumir la competencia del Pleno del Ayuntamiento para aprobar alguna de las medidas incluidas en el último plan de ajuste.

Se trata de la regulación por la cual a los ayuntamientos se les adelanta la liquidez que precisan para saldar las cuentas con sus proveedores; las empresas cobran las cantidades adeudas por los ayuntamientos, y estos últimos se ven obligados a aprobar un plan de ajuste para sufragar los anticipos recibidos.

Este plan de ajuste será tanto más dramático cuanto mayor sea la deuda que haya contraído cada ayuntamiento, y perseguirá dos objetivos simultáneos: gastar menos y recaudar más. Reducir el gasto supondrá despidos de personal, cierre de centros, reducción de la calidad de los servicios, privatizaciones, etcétera. Aumentar los ingresos significará subida de impuestos, fundamentalmente del IBI, y de todas las tasas y precios públicos. Se trata de una ecuación diabólica, terrible. Pues el recorte de gastos y el incremento de los ingresos no significa otra cosa que los vecinos van a recibir menos de los ayuntamientos, pero van a pagar más.

La aprobación del plan de ajuste por parte de los ayuntamientos, conforme a los criterios reglados por Madrid, es obligatoria. Pero no es suficiente. El Ministerio de Hacienda se reserva el derecho de examinar, tutelar y rectificar los acuerdos adoptados por los ayuntamientos. Es decir se queda con la última palabra. Quien decide sobre los planes de ajuste no son los propios ayuntamientos; será el ministro Montoro.

Hay que tener en cuenta que el plan de ajuste condiciona todos los ingresos y gastos de un ayuntamiento entre los diez y veinte años siguientes a su aprobación. Eso significa que abarcaría el presente mandato más los cuatro siguientes. Durante este período el Gobierno de Rajoy establece una larga lista de obligaciones a los ayuntamientos. Casi tan larga como la retahíla de prohibiciones y de vetos que, también, impone.

Por lo tanto, cuanto mayores sean las dificultades económicas de un ayuntamiento, con mayor intensidad se verá sometido a la férula del Gobierno central. Y cuanto más apremiante resulte para los ayuntamientos que se aborden sus problemas de financiación, el Gobierno de Rajoy les despacha con mayores dosis de intervención, de fiscalización y de control. Al final los ayuntamientos se convertirán en meras gestorías. Se limitarán a tramitar, sumisos y displicentes, los requerimientos del presidente del Gobierno y de su ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.

Cabe plantearse, ante esta realidad, dónde queda el principio de autonomía local que proclama la Constitución. ¿O es que cabe colegir, y nos tenemos que resignar a ello, que cualquier principio constitucional queda supeditado al sacrosanto valor de la estabilidad presupuestaria impuesto por Bruselas y por Berlín, y que fue objeto de la última reforma de la Carta Magna?

No debe limitarse la intervención de los ayuntamientos por parte del Gobierno de Rajoy al punto de vista económico. También padecen la intervención política. Sí. Aquella por la que se cambian unilateralmente las reglas del juego democrático. La de quienes pretenden anular el derecho de participación de todos los representantes de los ciudadanos. La de quienes buscan convertir al alcalde en un pequeño caudillo con poderes omnímodos, casi sobrenaturales. Los mismos que puentean y ningunean al Pleno municipal; máximo órgano, mal que les pese, en el que reside la representación de los vecinos.

Precisamente, el menoscabo de las competencias del Pleno de la Corporación Local es la segunda gran obsesión del Gobierno de Rajoy. Cabe preguntarse qué sentido tiene la subsistencia de una Corporación si, a la hora de la verdad, las decisiones más importantes se pueden aprobar por la Junta de Gobierno, o por el alcalde, en detrimento del criterio manifestado por el Pleno corporativo. O cabe temer que la próxima propuesta para socavar el municipalismo pase por la supresión del Pleno. Es imaginable que al Gobierno del PP le seduzca la idea de mantener a alcaldes plenipotenciarios; pequeños caudillos que no estén sometidos ni a los acuerdos que adoptan, ni al control ni a la fiscalización del órgano que integra la voluntad de todos los vecinos.

Un ejemplo práctico lo encontramos en San Andrés del Rabanedo. El pasado día 26 de diciembre el Pleno, por mayoría absoluta y tras dos horas de debate, votó en contra del plan de ajuste. A la salida de la sesión plenaria el pequeño caudillo convocó a su Junta de Gobierno Local y, en cinco minutos, aprobó el mismo plan de ajuste que el Pleno acababa de rechazar. ¿Alguien entendería que si el parlamento no aprobara los PGE, el Gobierno, por decreto, enmendara la plana al Congreso de los Diputados? Pues tampoco parece serio el que a un alcalde se le allane el camino para burlar la decisión mayoritaria de una Corporación democrática. No es serio. No es democrático. No es constitucional.

Por eso la Defensora del Pueblo ha anunciado la presentación de un recurso de inconstitucionalidad, el primero contra una disposición aprobada por el Gobierno de Rajoy. Por eso, para salvaguardar los principios democráticos y de participación en la gestión municipal. Por eso, para que no se dobleguen las decisiones de la mayoría por las minorías. Para que los alcaldes, como los presidentes de Gobierno, estén sometidos al órgano en el que reside la soberanía popular. Y no al revés.

Sólo cabe esperar que, con los mismos argumentos con los que ha justificado la decisión que comentamos, la Defensora del Pueblo presente otro recurso de inconstitucionalidad a la polémica Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local. Por muchos motivos, que ya la hemos trasladado por escrito. Pero en relación con la manía de potenciar a los pequeños caudillos, destacar que la nueva disposición adicional decimosexta de la LBRL permite a la Junta de Gobierno Local aprobar, en contra del criterio del Pleno municipal, los aspectos más relevantes de la gestión de un ayuntamiento. La ley hurta al Pleno la potestad de aprobar el presupuesto municipal, los planes económicos-financieros, los planes de saneamiento de la Corporación Local o los planes de reducción de deudas. Nada menos.

Y es que los anhelos intervencionistas de Rajoy son inconmensurables.

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