TRIBUNA
Las trampas de la Loce
EL DICCIONARIO de la Real Academia de la Lengua define el vocablo «trampa», en la acepción 5ª, como «contravención disimulada a una ley, convenio o regla, o manera de eludirla, con miras al propio provecho». El Gobierno de la Nación aprobó, en el Consejo de Ministros del viernes pasado, el Real Decreto 1318/2004, de 28 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 827/2003, de aplicación de la Ley Orgánica de la Calidad de la Educación (Loce), al amparo de la Disposición Adicional Primera de la Loce, que faculta al Gobierno a aprobar el calendario de aplicación de esta Ley, en un ámbito temporal de cinco años, a partir de su entrada en vigor. En el borrador del nuevo Real Decreto figuraba un párrafo, suprimido en el texto aprobado, que recogía la verdadera intención de esta norma, repetida mil veces en intervenciones públicas y privadas por los dirigentes socialistas: la de hacer una nueva ley, aprovechando este tiempo en que la norma anterior quedaba aplazada. Obviamente, esta intención va en contra de lo establecido en la Disposición Adicional Primera que, expresamente, lleva por título: «Del calendario de aplicación de esta Ley», ya que lo que se pretende con este nuevo Real Decreto no es aplicar esta Ley, sino aprovechar el tiempo de su aplazamiento para modificarla en varias de sus medidas. El sabio refranero popular nos enseña que las medias verdades son las peores mentiras por la malicia que entrañan. Por ello, podemos afirmar que la vicepresidenta del Gobierno, doña María Teresa Fernández de la Vega, mintió y engañó a la sociedad cuando, al finalizar el Consejo de Ministros, dijo que la LOCE «no se deroga, no se paraliza, ni se suspende, que lo que se ha hecho es un Real Decreto que aplaza algunas medidas», precisamente, las medidas que el señor presidente del Gobierno prometió derogar en su discurso de investidura. Tampoco dijo verdad, cuando equiparó la moratoria establecida en el nuevo Real Decreto con la que establecieron, en 1993 y 1994, los Reales Decretos de aplicación de la Logse, puesto que ninguno de ellos retrasaba su aplicación con el fin de modificarla y, expresamente, posibilitaban su anticipación a todos los centros y Comunidades Autónomas que así lo decidiesen. Es más, su amenaza, de que «el que no cumpla con lo establecido en el nuevo Real Decreto tendrá que atenerse a las consecuencias», es, sin duda, la mejor expresión del «talante y del diálogo» del Partido Socialista. Ante este hecho engañoso, de utilizar un Real Decreto para modificar y no aplicar una Ley Orgánica, de rango superior, caben infinidad de preguntas que, nos consta, se han hecho muchos profesores y padres de alumnos: ¿Puede un Gobierno «honrado», que se dice de «diálogo y talante», en un Estado de Derecho, contravenir la ley a sabiendas y hacer trampa o engañar a la sociedad a la que debe su servicio?. ¿Deben las Administraciones educativas competentes aplicar el nuevo calendario, a sabiendas de que su aplazamiento encierra trampa?. ¿Se merece la comunidad educativa que no se implante la Loce, precisamente en la Etapa educativa, la ESO, en la que la Logse ha cosechado los mayores fracasos, en la que la convivencia resulta cada vez más difícil y los problemas de disciplina son cada día mayores?. ¿Se merecen nuestros alumnos seguir con una tasa de fracaso escolar en la Enseñanza Secundaria Obligatoria, superior al 25%, y con unos conocimientos que están por debajo de la media de los alumnos de los países de la Unión Europea en comprensión lectora, redacción de textos, ciencias y matemáticas y, muy por debajo, en el conocimiento de los idiomas modernos, según informes de la OCDE, del Consejo Escolar del Estado y de Instituto Nacional de Evaluación y Calidad?. ¿Se busca la calidad de la educación, despreciando el diagnóstico de Organismos nacionales e internacionales e impidiendo la aplicación de unos Reales Decretos, que corrigen los currículos de contenidos generales e imprecisos de la Educación Primaria, ESO y Bachillerato y amplían el horario de las áreas instrumentales (lengua española y matemáticas), con la finalidad de elevar los niveles de conocimientos de nuestros alumnos y mejorar sus resultados con relación a los alumnos de los otros países de la Unión Europea?. ¿Tiene sentido hablar de diálogo, consenso, pacto y de talante y, a la vez, impedir la aplicación de medidas como la aplicación de los Itinerarios de la ESO, demandada por el 72 % del profesorado, según el informe del Instituto de Evaluación y Asesoramiento Educativo (Idea), y por el 55 % según la encuesta del sindicato CC. OO., publicada recientemente en El País?. ¿Se merece ese 25% de alumnos que no obtienen el título de Graduado en Educación Secundaria que se le impida obtener este título y el profesional correspondiente, al no permitir que se implanten los Programas de Iniciación Profesional?. ¿Es lógico hablar de desarrollo integral de los alumnos e integración de España en la Unión Europea y negarles la posibilidad de conocer el fenómeno religioso en sus vertientes humana, histórica y cultural y, a la vez, base de la civilización occidental, a través del estudio del Área/Asignatura: Sociedad, Cultura y Religión?. Y, ¿qué decir de la eliminación de la Educación Preescolar (desde cero hasta los tres años), por el hecho de que en la Loce se le reconoce el carácter educativo y asistencial, como en la mayoría de los países de la Unión Europea; o de la supresión de la Prueba General del Bachillerato, garantía de homogeneidad de exigencia a los alumnos de los niveles básicos en todos los centros y comunidades autónomas, requisito para obtener una titulación con efectos académicos y profesionales válidos en todo el territorio español, e instrumento necesario para homologar nuestro sistema educativo con el de los demás países de nuestro entorno?. Estas son las medidas establecidas en la Loce que el nuevo Real Decreto, bajo la trampa de moratoria, impide aplicar. El resto de las medidas no las deroga, porque no puede, ya que todas ellas ya han entrado en vigor, como establece la propia Loce en su disposición final undécima: «La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el BOE», y esta publicación se hizo el 24 de diciembre de 2002.