Diario de León

TRIBUNA

La reforma de la Constitución

Publicado por
JAIME LOBO ASENJO
León

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CON MOTIVO del anuncio de que la esposa del Príncipe de Asturias, don Felipe de Borbón, espera un nuevo descendiente, se ha vuelto a poner sobre el tapete la necesidad de acometer algunas reformas en nuestra Constitución. La Constitución española de 1978, como todas las constituciones democráticas, nace, con una lógica y conveniente pretensión de estabilidad, si se tiene en cuenta que es la norma básica para la ordenación de las relaciones sociales y la que fija las reglas políticas básicas de conducta y en la que se asienta la validez de todas las disposiciones de nuestro sistema jurídico, la «norma normorum» que dirían los clásicos, es decir la norma suprema y superior. Pero si esto es así, que lo es, no es menos cierto que nuestra Carta Magna, como cualquier obra humana, debe ir acomodándose a las transformaciones que el paso del tiempo lleva consigo y por lo tanto, debe y puede ser modificada, aún cuando todos somos conscientes de que nuestra Constitución ha supuesto el mayor esfuerzo realizado por los españoles en los últimos siglos para asentar la convivencia sobre los valores de la libertad y de la democracia, valores que debemos preservar y proyectar hacia el futuro. Pues bien, desde su aprobación en 1978, la Constitución española no ha sufrido más que una modificación, la habida como consecuencia del tratado de Maastricht de 1992, para otorgar a los ciudadanos de la Europa comunitaria, residentes en España, el derecho al sufragio en las elecciones locales, y es ahora, a partir del debate de investidura de Zapatero como presidente del Gobierno, cuando se anuncian una serie de modificaciones del texto constitucional, restringidas únicamente a determinados aspectos, para lo cual, el Consejo de Ministros, en marzo de 2005, toma el acuerdo de solicitar un dictamen al Consejo de Estado, dictamen que este órgano emite en febrero de 2006 con su opinión sobre las modificaciones constitucionales, relativas a la denominación explícita del nombre de las comunidades autónomas; la supresión de la discriminación por razón de sexo en la sucesión a la Jefatura del Estado; la incorporación expresa del derecho comunitario a nuestro sistema jurídico y la reforma del Senado. Desde mi modesto punto de vista, las modificaciones constitucionales propuestas por Zapatero y su Gobierno, plantean, en las condiciones de orden institucional y político que se dan en este momento, entre otras, el cambio de modelo de Estado encubierto que se está llevando a cabo a través de la reforma de los Estatutos de Autonomía, un buen número de reticencias y dudas, para la realización efectiva de la revisión constitucional propuesta. En primer lugar, no se percibe entre los ciudadanos, la necesidad de estos cambios, ya que según todas las encuestas realizadas, estos, están razonablemente satisfechos con su Constitución y sus preocupaciones están prioritariamente en el empleo, la vivienda, la emigración, el terrorismo, etcétera. En segundo lugar la situación de minoría, en la que se encuentra el Gobierno de Zapatero en el Congreso, no parece el mejor escenario para abrir un proceso de esta naturaleza, dadas las implicaciones políticas, jurídicas, socio-económicas e incluso simbólicas que conlleva. Sin un amplísimo consenso, sin el acuerdo con el PP, en mi opinión, ni puede ni debe abordarse esta cuestión, solamente con la compañía de unos socios, de unos partidos políticos, que dudan o rechazan a la Nación española, todo ello por no decir que una decisión de este calado es aconsejable acometerla, para que pueda tener éxito, en un tiempo de distensión política, que hoy está muy lejos de darse, de lo contrario, podría abrirse innecesariamente, una indeseable «Caja de Pandora». Pero además de estas circunstancias que a mi juicio se dan desde un punto de vista general, por lo que se refiere a las cuatro propuestas efectuadas por Zapatero, de entrada, es mi opinión, que la denominación concreta de las comunidades autónomas, ni puede ni debe desconocer que se ha abierto una indiscriminada «sopa de nombres», alentando términos como nación, nacionalidades, comunidades nacionales, realidad nacional, comunidades históricas, etcétera, denominaciones con una gran carga simbólica y política, por lo que esta modificación ni es sencilla ni tan inocua como se nos ha querido hacer ver. Por lo que respecta a la eliminación de la discriminación por razón de sexo, en la sucesión a la Jefatura del Estado, sin dejar de reconocer la bondad de esta propuesta de reforma, creo, que se deberá ser extremadamente cuidadoso en su planteamiento, asegurándose de que esta modificación se circunscribe únicamente a los herederos del actual Príncipe de Asturias y que su propuesta a los votantes, del necesario referéndum, no se convierte en un injustificado plebiscito sobre la monarquía parlamentaria. Y en cuanto a la incorporación explícita del Derecho Comunitario a nuestro sistema jurídico, es un tema que aparte de no interesar a la ciudadanía, ya el Tribunal Constitucional sentenció en Diciembre de 2005 la no necesidad de que para ello sea necesario modificar la Carta Magna y mucho menos después del fracaso cosechado por la Constitución europea. Y por último, la reforma constitucional del Senado. Me da toda la impresión que de todas las reformas planteadas, ésta es la más ampliamente aceptada, no obstante, y pese al carácter necesario y seguramente urgente de la misma, no parece que en el momento actual, exista el suficiente acuerdo entre las fuerzas políticas sobre el modo de llevarla a cabo, ni que resuelva, si es lo que se pretende, la «organización territorial» del Estado. Concluyo. De seguir adelante las reformas instadas por Zapatero y su Gobierno, como mínimo deberán atenderse las sugerencias formuladas en el Dictamen emitido por el Consejo de Estado y añadir las dos propuestas efectuadas por el PP, una relativa a la necesidad de aumentar a 2/3 la mayoría necesaria para aprobar los Estatutos de Autonomía y una segunda propuesta de eliminación de la Disposición Transitoria Cuarta, relativa a la incorporación de Navarra al País Vasco, pero dadas las implicaciones jurídicas y las consecuencias políticas de las reformas que se pretenden, creo que debe replantearse, de forma razonada y consciente, la pertenencia de un proceso, ampliamente consensuado, de reforma en toda regla en profundidad y alcance de la Constitución de 1978, dejando siempre a salvo y con toda firmeza, los valores y las líneas básicas de su ordenación.

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