Diario de León

TRIBUNA

Los espejismos de la Ley de Dependencia

Publicado por
RAFAEL HERRERA
León

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LA APROBACIÓN, después de casi un año de discusión, de la llamada Ley de Dependencia (Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia) ha levantado una lógica y esperada oleada de expectativas. Mari Carmen, una mujer de 59 años que tiene a su madre con alzheimer, y sus dos hermanas, están felices con la noticia. Piensan que desde el pasado 1 de enero están en disposición de poder solicitar el reconocimiento de este derecho y, en poco tiempo, hacerlo efectivo. Quizás, a partir de ahora, puedan empezar a ver la luz tras el largo calvario que están viviendo desde hace ya más de dos años. Piensan que Melchor, Gaspar y Baltasar les han traído los regalos navideños, destinados a garantizar un tratamiento integral de las necesidades de su madre, apoyándoles con servicios y prestaciones económicas. Sin embargo, conviene aclarar que la realidad, de momento, será otra. La nueva legislación, aprobada en el Congreso de los Diputados el pasado 30 de noviembre, introducirá grandes cambios en la forma de gestionar una parte importante de los servicios sociales. Pero no podemos olvidarnos de que son las Comunidades Autónomas las que tienen reconocidas las competencias y, por ello, la responsabilidad, en esta materia. Esta circunstancia ha motivado que la Ley únicamente fije las bases de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD). Aunque, en sí mismo, este hecho suponga un gran avance en la construcción del nuevo modelo, no es suficiente para que la Ley pueda ser aplicada en la práctica de manera inmediata. ¿De quién dependerá la puesta en práctica de esta nueva norma? Del Consejo Territorial, del Gobierno y de las Comunidades Autónomas. El gran protagonista será el primero, órgano creado por la Ley y en el que las Comunidades Autónomas dispondrán de la mayoría de representantes. Entre sus funciones se encuentran aspectos tan fundamentales como; fijar la s condiciones y cuantías de las prestaciones económicas, los criterios para determinar la intensidad de los servicios o la participación de los beneficiarios en el coste de los servicios, y el baremo para la valoración de la dependencia, etc. En cuanto al papel del Gobierno, no sólo participará en el propio Consejo Territorial, si no que, además, deberá concretar cuestiones tan relevantes como el nivel mínimo de protección garantizado para los beneficiarios del SAAD. Lo s objetivos, medios y recursos que se van a utilizar para atender a las personas en situación de dependencia, requerirán del establecimiento de convenios entre el Gobierno y las diferentes Comunidades Autónomas. Toda esta normativa y acuerdos tendrán que trasladarse a la práctica en las Comunidades Autónomas, lo que implicará desarrollar modelos de gestión que respondan adecuadamente a los retos y compromisos planteados. Todo ello considerando además que diputaciones y ayuntamientos/mancomunidades disponen, igualmente, de competencias en materia de servicios sociales. La norma prevé que el Consejo Territorial deberá constituirse en el plazo máximo de tres meses desde su entrada en vigor, esto es, antes de marzo de 2007. ¿Cuánto tiempo necesitará el Consejo Territorial para sentar las bases del SAAD? La ley establece un plazo máximo de tres meses desde su constitución para alcanzar acuerdos en algunas materias; marco de cooperación interadministrativa, intensidad de protección de los servicios y el baremo para la valoración del grado y niveles de dependencia. La amplitud y trascendencia de los temas que este órgano debe tratar auguran un largo proceso. Por eso, es deseable que se mantenga el consenso (e incluso, se profundice en él) con el que la Ley de Dependencia ha sido aprobada. Por último, es conveniente recordar que la Ley establece una puesta en práctica gradual, lo que significa que en 2007 únicamente podrán hacer efectivo el derecho a las prestaciones aquellas personas que hayan sido reconocidas como «Gran Dependiente». El calendario legal se extiende hasta los años 2013 y 2014, período en el que podrán hacer efectivos sus derechos las personas que hayan sido reconocidas como «Dependientes Moderados» de nivel 1. Es necesario aclarar estas cuestiones para evitar que se generen falsas expectativas entre los potenciales beneficiarios y su entorno familiar. En este sentido, es deseable que Gobierno y Comunidades Autónomas pongan en marcha planes de comunicación que contribuyan a clarificar la situación y faciliten la enorme labor que aún está por hacer.

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