El trámite de la Seguridad Social que algunos pensionistas deben repetir antes del 30 de septiembre aunque ya lo hicieron este año
La Seguridad Social exige a los pensionistas que cobran una prestación del INSS o del ISM y residen fuera de España acreditar de nuevo su vivencia antes de que termine septiembre, aunque ya hubieran realizado el trámite durante el primer trimestre de 2026

Los pensionistas del INSS o del ISM residentes en el extranjero deben acreditar su vivencia antes del 30 de septiembre para mantener el cobro de su pensión con normalidad.
El calendario de septiembre incluye una fecha que determinados pensionistas no deberían pasar por alto. El próximo 30 de septiembre termina el plazo para acreditar la vivencia ante la Seguridad Social, un trámite necesario para continuar percibiendo la pensión con normalidad. No afecta a todos los jubilados ni pensionistas españoles, sino específicamente a quienes cobran una pensión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o del Instituto Social de la Marina (ISM) y residen en el extranjero. Además, este 2026 presenta una particularidad: aunque hayan realizado ya la acreditación durante los primeros meses del año, deben volver a hacerla durante septiembre.
La denominada acreditación de vivencia sirve para demostrar que el beneficiario de una pensión española que reside fuera del país continúa vivo y, por tanto, mantiene el derecho a seguir recibiendo el pago que tiene reconocido.
La Seguridad Social ha abierto desde el 1 de septiembre esta segunda campaña de acreditación de 2026 y establece como último día para realizarla el 30 de septiembre. El propio organismo mantiene actualmente un aviso destacado en su sede electrónica recordando este plazo a los pensionistas residentes en el extranjero.
La precisión sobre quién debe realizarlo resulta fundamental. Un pensionista que vive en España no tiene que hacer este trámite por el mero hecho de cobrar una pensión. La campaña está dirigida a quienes perciben una pensión del sistema español gestionada por el INSS o el ISM y tienen su residencia en otro país.
La Seguridad Social introduce una novedad en 2026: hay que acreditar la vivencia dos veces
Este es probablemente el detalle más importante para quien piense que ya cumplió con la obligación hace unos meses.
Hasta ahora, la acreditación estaba asociada fundamentalmente al primer trimestre. En 2026, por primera vez, los afectados deben acreditar su vivencia en dos periodos diferentes.
El primero transcurrió entre el 1 de enero y el 31 de marzo. El segundo comenzó el 1 de septiembre y concluye el día 30. Por tanto, haber realizado correctamente el procedimiento durante el primer trimestre no exime de repetirlo en septiembre.
El Ministerio de Trabajo lo recuerda expresamente en sus comunicaciones dirigidas a los españoles residentes fuera del país: los pensionistas del INSS y del ISM deben volver a acreditar su vivencia durante septiembre de 2026 aunque ya lo hubieran hecho anteriormente durante este mismo año.
La modificación no terminará aquí. El calendario volverá a cambiar en 2027.
La Seguridad Social aumentará el trámite de los pensionistas a tres veces al año en 2027
A partir del próximo año, los pensionistas afectados tendrán que prestar todavía más atención al calendario. La acreditación de vivencia pasará de las dos ocasiones de 2026 a tres cada año.
Los nuevos periodos serán enero, mayo y septiembre. Concretamente, la información oficial establece del 1 al 31 de enero, del 1 al 31 de mayo y del 1 al 30 de septiembre.
Es decir, 2026 funciona como un año de transición en el que se ha añadido una segunda comprobación en septiembre, mientras que desde 2027 habrá tres campañas.
El cambio hace especialmente importante que los pensionistas que viven fuera de España conozcan el procedimiento y dispongan de una forma sencilla de realizarlo sin necesidad de desplazarse cada vez.
La aplicación VIVESS permite hacer el trámite de la Seguridad Social desde el móvil
La forma más cómoda para muchos afectados puede estar en su propio teléfono. La Seguridad Social dispone de VIVESS, una aplicación gratuita para dispositivos Android y Apple destinada a pensionistas del INSS y del ISM residentes en el extranjero.
La aplicación utiliza videoidentificación y reconocimiento biométrico facial. Tras registrarse, el pensionista puede realizar la acreditación mirando a la cámara siguiendo las instrucciones de la aplicación. Una vez completado el proceso, VIVESS proporciona un justificante inmediato.
El móvil, sin embargo, no es la única posibilidad. La Seguridad Social contempla también otras vías para acreditar la vivencia, entre ellas la documentación expedida por las autoridades competentes del país de residencia y determinadas gestiones a través de registros civiles consulares o Consejerías y Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
Qué ocurre con la pensión si no se hace el trámite antes del 30 de septiembre
La consecuencia explica por qué conviene no dejar la gestión para después de la fecha límite. Si no se acredita la vivencia dentro del periodo establecido, la pensión queda suspendida hasta que el beneficiario regularice su situación.
Esto no significa que el pensionista pierda automáticamente y para siempre el derecho a su prestación. La propia Seguridad Social señala que la vivencia puede acreditarse posteriormente y que la suspensión se mantiene hasta realizar esa acreditación.