Diario de León

Pepa se separa de Josefa

Un juez del Registro Civil de Alicante autoriza a una mujer a cambiar su nombre propio sentando un precedente en la jurisdicción española, que hasta ahora lo había negado

Publicado por
efe | alicante

Creado:

Actualizado:

El juez del Registro Civil de Alicante, Luis Segovia, ha autorizado a una mujer a cambiar su nombre propio de Josefa por el de Pepa, sentando un precedente en la jurisdicción española. En declaraciones a Efe, el juez recordó que hasta este momento las resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado, órgano administrativo que resuelve los recursos contra las resoluciones de los encargados de los juzgados del Registro Civil, habían negado la autonomía de los nombre de Pepe, Pepa o Paco. A juicio de Segovia, «las normas deben interpretarse conforme con la realidad social» y en «la sociedad española han ido evolucionando» tanto las leyes como la doctrina que «interpretaban desde acoger sólo los nombres del santoral católico, la prohibición de nombres extranjeros si tenían traducción usual al español, hasta permitirse los nombres extranjeros, así como los de fantasías, siempre que no sean impropios de personas». Autonomía propia El juez argumentó que la Dirección General de los Registros y del Notariado «también ha ido evolucionando considerando que algunos diminutivos tenían autonomía como Alex, respecto de Alejandro, Josefina, respecto a Josefa, y sobre todo, Lola, en lugar de Dolores». En el auto, facilitado a Efe, el juez entiende que tras la admisión de Lola, debe «llegarse a la conclusión de que existen las mismas razones para admitir el nombre de Pepa, que ha dejado de ser un calificativo familiar o coloquial para transformarse con toda dignidad personal y social, en un nombre tan válido como el que se deriva de José». Segovia aceptó el cambio de Josefa por el de Pepa porque, a su juicio, «tiene autonomía completamente diferente», y, en este sentido, recordó que «Pepa es el nombre de la primera Constitución Española (1812)». «Esto no quiere decir que se pueda poner cualquier nombre, porque hay gente que piensa que se puede poner nombres de fantasía, impropios, malsonantes, y nosotros, en defensa de sus hijos, los limitamos», señaló. El juez, que reconoció que el auto sienta un precedente «serio e importante» en España, insistió en que su decisión no «es una puerta abierta para cualquier nombre extravagante que pueda perjudicar a los niños», añadió el juez. A su juicio, «la gente se toma muy a pecho lo de los nombres», un asunto que está considerado «unánimemente por la doctrina como un derecho fundamental, el del libre desarrollo de la personalidad». Segovia recordó que el cambio de nombre es un proceso «complejo» porque afecta también a los hijos, si éstos son menores de edad, así como a toda la documentación como el DNI, el pasaporte o los testamentos.

tracking