Diario de León

El matrimonio de homosexuales será posible los primeros meses del 2005

Los homosexuales españoles -el 10% de la población- podrán casarse e iniciar los trámites legales para la adopción de menores a partir «de los primeros meses de 2005». «España fustiga a la I

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modificación del artículo 44 del Código Civil, en el que se añadirá que «la identidad de sexo de ambos contrayen-tes no impide la celebración de matrimonio ni sus efectos», llevará aparejados otros cam-bios similares en otros trece artículos del Código. El Ejecutivo remitirá el texto al Consejo de Estado para su dictamen, que resolverá en el plazo de un mes, y posteriormente volverá a aprobarlo el proyecto en Consejo de Ministros. Después, se remitirá al Congreso para su tramitación parlamentaria y luego al Senado. El Gobierno no presentará su texto al Consejo General del Poder Judicial «porque no es preceptivo». Sorpresa judicial La decisión del Gobierno de no enviar al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) el anteproyecto de Ley que permite el matrimonio de homosexuales causó sorpresa en el ámbito judicial conservador y en la mayoría, también conservadora, de este órgano, que, desde la llegada del PSOE al poder, ha protagonizado numerosos desencuentros con el Ejecutivo. El ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, informó de que este anteproyecto de ley, aprobado por el Consejo de Ministros, será enviado al Consejo de Estado, pero no al Consejo General del Poder Judicial. López Aguilar destacó que no es obligatoria la remisión del texto al Consejo, ya que «en esta ocasión es potestativo o facultativo» porque «afecta exclusivamente a algunos artículos del Código Civil». El CGPJ, prosiguió, tiene «una función consultiva absolutamente contraída por la Ley Orgánica del Poder Judicial a las materias que le conciernen, organización judicial, legislación penal y penitenciaria y en algún caso derechos fundamentales que se ejercen a través del procedimiento judicial, pero no tiene una competencia consultiva general». «El órgano consultivo con carácter general que la Constitución establece para el Gobierno es el Consejo de Estado, y el Gobierno puede en algunos casos decidir si remite el texto a consulta o no».

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