Diario de León

Nace en León una nueva asociación sin ánimo de lucro para sensibilizar e informar

Casi la mitad de las quejas por ruido excesivo son por vecinos molestos ¿Cuáles son las vías para recurrir?

El 21,2% de las viviendas de León tienen problemas de contaminación acústica

Yolanda Ferreras es la responsable de la Asociación Juristas Contra el Ruido en León

Yolanda Ferreras es la responsable de la Asociación Juristas Contra el Ruido en León

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Carmen Tapia - león
León

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Casi la mitad de las quejas por ruidos que realizan los leoneses son por los sonidos domésticos molestos de los vecinos. Yolanda Ferreras, abogada miembro de Juristas Contra el Ruido, asociación de reciente implantación en León, sostiene que en las molestias generadas por los ruidos de los vecinos hay una legislación más difusa comparada con las denuncias por los ruidos de los centros de ocio, por lo que resulta más complicado actuar. El 21,2% de los hogares de León tienen problemas con el ruido, según los últimos datos del Ine. Pese a que las denuncias siempre han estado motivadas por el elevado número de decibelios de los locales de ocio, la tendencia es a destapar cada vez más las molestias domésticas. Los ruidos más comunes entre vecinos son los producidos por las fiestas estudiantiles, por electrodomésticos o aparatos de música, por obras en el edificio, puertas de garaje que abren y cierran mal, ascensores, bombas de fluido e instalaciones de aire acondicionado. «Actualmente, gracias a la actuación del Ayuntamiento de León, que es bastante pionero en normativas de insonorización, las quejas por el ruido de los locales de ocio han disminuido» - asegura Ferreras-, «ahora, casi la mitad de las quejas que recibimos son por asuntos domésticos». «Para estos casos, casi siempre es necesario acudir a la vía privada, de manera que el afectado sea informado, estudiando su caso concreto, de los derechos que pueden ejercitar en los tribunales para que cese esa la actividad molesta», asegura la abogada Yolanda Ferreras. Juristas Contra el Ruido es una asociación sin ánimo de lucro que tiene como objetivo principal informar y sensibilizar a la población acerca del problema, así como poner al alcance de los leoneses los medios, recursos y procedimientos para lograr una tutela judicial contra el ruido y sus consecuencias. Desde su creación en Sevilla en el año 2002, la asociación cuenta ya con 50 abogados en toda España. Sus integrantes están sensibilizados con el problema por haber sufrido en sus propias casas las consecuencias del exceso de ruido. Consecuencias sobre la salud Los expertos tienen medidas las consecuencias sobre el organismo del exceso de ruido. Actúa a través del órgano del oído sobre los sistemas nerviosos central y autónomo. Cuando el estímulo sobrepasa determinados límites, se produce sordera y efectos patológicos en ambos sistemas, tanto instantáneos como diferidos. A niveles mucho menores, el ruido produce malestar y dificulta o impide la atención, la comunicación, la concentración, el descanso y el sueño. La reiteración de estas situaciones puede ocasionar estados crónicos de nerviosismo y estrés lo que, a su vez, lleva a trastornos psicofísicos, enfermedades cardiovasculares y alteraciones del sistema inmunitario. La disminución del rendimiento escolar o profesional, los accidentes laborales o de tráfico, ciertas conductas antisociales, la tendencia al abandono de las ciudades, la pérdida de valor de los inmuebles y un largo etcétera son algunas de las consecuencias. España, a la cabeza España es uno de los países con un mayor nivel de contaminación acústica. Nueve millones de personas la sufren, según datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. Casi la mitad de los hogares españoles sufren problemas de ruidos, contaminación, delincuencia o escasez de luz natural, un porcentaje que se eleva hasta el 80% en Ceuta y Melilla y hasta el 60% en la Comunidad de Madrid. En el conjunto de España, el problema más habitual son los ruidos, bien de la calle, bien de los vecinos, que afectan al 25,5%, según la última encuenta del Ine. La OMS recomienda que el ruido en exteriores no supere los 45dBA (decibelios) por la noche y los 55 dBA por el día. Se considera contaminación acústica cuando se superan los 65 dBA como nivel sonoro continuo. Vía administrativa: El trámite comienza mediante denuncia del particular, que se dirigirá al Ayuntamiento. Los técnicos municipales realizarán una inspección y emitirán un informe. La resulución del alcalde, mediante decreto, establecerá las medidas correctoras. Existe un método más rápido de proceder en circunstancias puntuales o urgentes, una llamada a la patrulla verde de la policía municipal, para que se persone en el lugar donde se está produciendo el ruido. Si la actuación del Ayuntamiento no fuese efectiva habría que acudir a las vías privadas. A través de ellas se pueden conseguir resarcimientos por daños individuales, mientras que la administración lucha por el interés general. Vía penal (privada). Se presentará denuncia o querella ante el Juzgado y se pueden reclmar daños y perjuicios. Se recurre a este procedimiento en casos extremos, cuando los ruidos ocasionan riesgo de grave perjuicio para la salud. Vía civil (privada). Se interpone una demanda contra quien produce las emisiones sonoras molestas. Hay cinco posibilidades. -a) Demanda ordinaria, reclamando daños y perjuicios por culpa o negligencia -b)Interdicto de obra nueva, si se trata de ruidos procedentes de obras o construcciones. El juez puede ordenar de forma inmediata la suspensión cautelar de la obra. -c) Protección de la Ley de Protección Jurisdiccional de loa Derechos Fundamentales de la Persona, por violación de los derechos constitucionales a la salud, intimidad e inviolabilidad del domicilio. -d) Si el causante del ruido ocupa una vivienda alquilada, el arrendador puede ejercer la acción de resolución del contrato de arrendamiento. -e) Si ocupa una vivienda en régimen de propiedad horizontal, la comunidad de vecinos puede entablar un procedimiento judicial para conseguir que cese la actividad, o solicitar indemnizaciones de daños y perjuicios por vía civil. Recurso de amparo Se presenta ante el Tribunal Constitucional. Escrito de queja ante del Defensor del Pueblo

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