Diario de León

LEGISLACIÓN DEPORTIVA

Alerta en el fútbol leonés

Hacienda, a través de la Ley de apoyo al emprendedor, pone en el punto de mira el fútbol modesto y el fútbol base al que podría ir condenando a su desaparición de no legislarse de manera especial.

Sólo las canteras importantes podrán sobrevivir si se aplica esta ley al fútbol base.

Sólo las canteras importantes podrán sobrevivir si se aplica esta ley al fútbol base.

Publicado por
ROBERTO ARIAS | LEÓN
León

Creado:

Actualizado:

El fútbol modesto leonés está a punto de entrar en un estado de pánico. La concepción del fútbol y las nuevas obligaciones llegadas desde los departamentos de gobierno del deporte y las federaciones han hecho que la actividad gratuita que antes se hacía desaparezca. Se ha obligado desde las federaciones, cosa necesaria por otro lado, a que los entrenadores y monitores se formasen, superando unos cursos y grados establecidos al efecto en función de la categoría del equipo a una formación que cuesta una importante suma de dinero y que genera la necesidad de que esos monitores debidamente formados reciban una compensación por su trabajo, compensaciones irrisorias: un entrenador de benjamines o alevines no suele ganar más de cien euros al mes. Cercana a esa cifra o ligeramente superior es la retribución que reciben los de categorías superiores. Los clubes ni se habían planteado dar de alta a estos ‘trabajadores’ que apenas acumulan diez horas de trabajo semanales, en el mejor de los casos.

Sin embargo, Hacienda quiere que los entrenadores sean dados de alta en la Seguridad Social y cotizar como trabajadores según se desprende del punto tercero del estudio realizado sobre la actividad desarrollada en los clubes y entidades deportivas sin ánimo de lucro, «... la utilización del contrato de trabajo a tiempo parcial en la actividad desarrollada en el seno de los clubes y entidades sin ánimo de lucro con sus trabajadores (deportistas, entrenadores, masajistas y otros colectivos que acompañan a los primeros), ante la imposibilidad de poder obviar el carácter laboral existente en las relaciones entre los colectivos indicados con los clubes y entidades de los que dependen e indicadas anteriormente...».

La disposición adicional decimosexta recoge: «En el plazo de cuatro meses desde la aprobación de la presente Ley el Gobierno procederá a realizar un estudio de la naturaleza de la relación jurídica y, en su caso, encuadramiento en el campo de aplicación de la Seguridad Social de la actividad desarrollada en clubes y entidades deportivas sin ánimo de lucro que pueda considerarse marginal y no constitutivo de medio fundamental de vida».

De no legislarse de manera especial o de aplicarse el «todo igual para todos», muchos de los clubes están abocados a la desaparición y con ello dejarían a muchos deportistas sin la opción de disfrutar de su deporte favorito, sobre todo niños.

tracking