Diario de León

Condenan a una multa al profesor de Pilates acusado de abusos sexuales

La letrada responsable de su defensa recurre la sentencia ante la Audiencia Provincial.

Miguel Ángel Zamora
León

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El Magistrado Juez del juzgado de lo Penal número 1 de los de León redujo únicamente a una multa económica la condena para el profesor de Pilates de un centro de la capital sobre el que pesaba la acusación de un supuesto delito de abusos sexuales y para el que el Ministerio Fiscal solicitaba una pena de quince meses de prisión.

La letrada defensora del condenado anunció ayer que presentará un recurso ante la Audiencia Provincial de León, por considerar que su cliente es inocente y a tal efecto ha cursado ya el escrito pertinente.

El juicio se celebró a puerta cerrada el pasado día 16 de octubre. Durante casi dos horas, el imputado, la víctima oculta tras un biombo y los testigos propuestos por las partes prestaron declaración para exponer su versión de los hechos.

A la conclusión, la Fiscalía consideró probado que se había producido un episodio de abusos sexuales por lo que propuso una pena de quince meses de cárcel y una multa de 600 euros. Para la defensa, el joven acusado es víctima de una acusación falsa y a tal efecto se recurre el fallo.

El 6 de junio del 2012, el condenado se encontraba finalizando las clases de Pilates que imparte en un centro de la capital cuando a criterio de la Fiscalía, se quedó con varias alumnas y propuso a la última de ellas realizar estiramientos de espalda, por lo que invitó a la joven a darse la vuelta y posteriormente anunció su intención de hacer lo mismo con las ingles.

Frotamientos

Para la representante del Ministerio Fiscal, el testimonio de los testigos sustentaba la tesis de que se hubieran producido frotamientos libidinosos, que no comportaron en aquel momento la existencia de violencia o intimidación pero sí un ánimo lúbrico. Ambos estaban vestidos con ropa deportiva y fue en ese momento cuando el procesado empezó a frotar sus zonas íntimas contra las de la demandante, a la que según esta misma versión pidió disculpas por los hechos acaecidos.

Involuntario

En su testimonio ante el juez, el acusado sostuvo que no había ánimo lúbrico alguno en su forma de proceder y que únicamente se había limitado a realizar las labores correspondientes a su profesión.

La víctima, sin embargo, defendió la tesis contraria y presentó argumentos en la sala para demostrar que había tenido que ser sometida a tratamiento psicológico a consecuencia de las secuelas que le había dejado el caso.

Finalmente el juez se decantó por dictar una sentencia condenatoria que únicamente exige una multa a la víctima, aunque la resolución definitiva queda en manos de la Sección Tercera de la Audiencia.

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