Diario de León

EL JUICIO POR EL CRIMEN DE CARRASCO

El jurado tendrá que debatir una atenuante para Gago si se la declara encubridora

El objeto del veredicto recuerda que entregó la pistola antes de que la encontrara la policía y sugiere que se contemple el arrepentimiento.

Carlos Javier Álvarez, magistrado presidente del Tribunal del Jurado, en su exposición de ayer. RAMIRO

Carlos Javier Álvarez, magistrado presidente del Tribunal del Jurado, en su exposición de ayer. RAMIRO

Publicado por
León

Creado:

Actualizado:

miguel ángel zamora | león

 

El objeto del veredicto que el jurado popular debate desde las 11,30 de la mañana de ayer contiene una pregunta en torno a la idoneidad de aplicar la atenuante de arrepentimiento para Raquel Gago en el caso hipotético de que fuera considerada culpable de encubrimiento. Se trataría de minimizar los efectos de una supuesta pena.

La propuesta fue anunciada ayer, en la comparecencia previa que el magistrado presidente, Carlos Javier Álvarez, celebró ayer con el jurado popular y con las partes. La vista fue pública, de forma excepcional, para mantener el tono de transparencia de que se viene dotando a este juicio desde el principio, por decisión también del magistrado, que ha realizado una sobresaliente dirección de la vista.

Al término de la sesión, el magistrado presidente decidió adelantar en cuatro horas el horario previsto para el inicio de la deliberación y poco antes de las 12.00 horas, tras servirles unos cafés y unos sandwiches, se les invitó a iniciar el análisis de las 84 preguntas que decidirán si Montserrat González, Triana Martínez y Raquel Gago son culpables o no culpables y de qué cargos.

El principal apartado del debate, según anticipó el magistrado presidente, versará sobre la participación en los hechos de las sospechosas, si considera el jurado que hubo alevosía y qué piensan de la posibilidad de considerar que se produjo la agravante de atentado.

Se introduce en el temario una advertencia en torno a la tenencia ilícita de armas para llamar la atención sobre el hecho de que había además de un revólver, una pistola en el caso, y se advierte sobre la opción de que las facultades mentales de Montserrat estuviesen alteradas en el momento de lo ocurrido.

El objeto del veredicto pedirá una resolución sobre la agravante de disfraz y la particularidad de que aunque la única persona que trató de proteger su identidad con el atuendo fuera Montserrat, se les pueda aplicar a las tres sospechosas como parte de un plan previo.

Como los jueces

«Ustedes actúan bajo los mismos principios que los jueces profesionales. Nadie más que ustedes va a tomar las decisiones que constituyen el objeto del veredicto. Está terminantemente prohibida cualquier intromisión en su libertad de voto», les explicó.

Los miembros del jurado eligieron ayer a la persona que va a realizar las funciones de portavoz y su identidad permanecerá en secreto. «Tienen prohibido ustedes revelar después de que acabe el juicio lo que han votado». Negarse a votar comporta una multa de 450 euros y la abstención en una pregunta se entiende como voto favorable a las acusadas. Para considerar probado un hecho justiciable se exigen al menos siete de los nueve votos del jurado, pero para considerarlo no probado solamente se necesitan cinco. Si no se consigue el quorum necesario, hay que repetir la votación.

Al jurado se le preguntará si considera procedente o no la suspensión de la pena (sólo se aplica a las menores de dos años) y si está de acuerdo con la posibilidad de permitir al Gobierno la posibilidad de que conceda el indulto.

El acta contempla un primer apartado respecto a los hechos que se consideran probados. Se exige al jurado que aclare si la decisión se toma por unanimidad o mayoría. En el segundo, se deberá consignar el capítulo de hechos no probados. Hay un tercero sobre la culpabilidad o no culpabilidad de las acusadas. El cuarto se dedica a explicar por qué han declarado o han rechazado declarar como probados determinados hechos y las razones. Es la motivación. No se piden razonamientos jurídicos, sino lógico. La ley no permite un veredicto decisionista. Hay que explicar y motivar la decisión. Es la parte más complicada de nuestro trabajo para los profesionales. Y finalmente en el quinto se analizan los incidentes que puedan haber ocurrido durante la deliberación.

Favorables

«Nunca se pueden sacar consecuencias ni favorables ni desfavorables al juicio. Además de responder si los hechos están probados o no hay que explicar por qué», advirtió el magistrado presidente. «Tienen toda la libertad para valorar la prueba. La presunción de inocencia es fundamental y nadie puede ser condenado sin prueba de cargo. El acusado no tiene que probar su inocencia sino la acusación la culpabilidad. Ninguna de las pruebas que se han presentado tienen valor legal superior a otra, todas deben de ser valoradas por igual. No pueden dar valor de prueba a las practicadas en instrucción a no ser que se considerasen irreproducibles en el juicio. Y para declarar probado un hecho tienen que tener en cuenta las pruebas directas y además la prueba indirecta, que se produce cuando está acreditado otro hecho y de la prueba de ellos se puede deducir por lógica que acredita el hecho mencionado.

«Ante la duda siempre se favorece al reo, lo que supone que para tener probado un hecho desfavorable deben alcanzar un grado de convencimiento más allá de cualquier duda razonable».

«Es verdad que no deben tener miedo a declarar culpable a las acusadas si quedan plenamente convencidos, pero más importante a mi juicio es que tampoco deben tener miedo a declararlas no culpables si creen honestamente y en conciencia que no cometieron los hechos».

tracking