Regulación de las distintas formas para ejercer en la Comunidad
m.c.c. | león
El decreto aprobado por la Junta establece un régimen distinto de acceso dependiendo de qué tipo de guía.
Así diferencia entre guías de turismo de Castilla y León, que requieren la superación de unas pruebas específicas, en las que puede participar cualquier interesado que reúna los requisitos de titulación y conocimiento de idiomas; guías de turismo de la Unión Europea, que prestan un servicio o se establecen en Castilla y León, cuyo procedimiento se adecua a la normativa europea de reconocimiento de cualificaciones profesionales; y guías de turismo de otras Comunidades autónomas, que pueden ejercer su actividad en Castilla y León sin tener que cumplir ningún requisito adicional.
Fuentes de la Consejería de Cultura y Turismo destacan que el consenso alcanzado en el decreto con los actuales guías y los representantes de las diócesis.
También ha contado con el informe favorable del Consejo Autonómico de Turismo de Castilla y León, y se ha dado participación a todos los interesados a través de la web de la Junta, en Gobierno Abierto.
Entre las novedades se reconoce la especialización de los guías de turismo de Castilla y León como parte de su formación, «lo que redundará en beneficio de los visitantes al contar con un servicio profesional de información más cualificado». En ese sentido el CES ha destacado la importancia de la apuesta del decreto por la calidad del servicio prestado. Esta especialización solo se establece para los Guías de Turismo de Castilla y León en materias como arte sacro, micoturismo, enoturismo y arquitectura Civil.
Otra de las novedades es el carácter profesional de la actividad por lo que se mantiene la necesidad de contar con una habilitación específica.