Diario de León

TRIBUNALES

Le imponen dieciocho meses de multa por abusos sexuales

El condenado es el gerente de un céntrico restaurante de la capital.

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miguel ángel zamora | león

La nueva jueza sustituta del juzgado de lo Penal número 2 de los de León ha impuesto una pena de 18 meses de multa a razón de seis euros diarios al gerente de un céntrico restaurante de la capital, al que considera autor de un delito de abusos sexuales por los que, además de la condena, se le fija una orden de alejamiento de la víctima, de la que deberá permanecer separado a no menos de 300 metros durante el tiempo que estipula la condena, tres años.

El fallo, que ya ha sido notificado a las partes, habilita la posibilidad de recurrir ante la Audiencia Provincial de León, que ya ha admitido a trámite el recurso, a la espera de dilucidar al respecto en la Sección Tercera.

El Ministerio Fiscal solicitaba una pena de 20 meses de multa a razón de 10 euros diarios, acusado de un delito de abusos sexuales por besar y manosear supuestamente a una joven con la que iba a firmar un contrato de trabajo.

Los hechos ocurrieron el 3 de octubre de 2014 a las 11.30 horas, cuando el ahora condenado y una joven que pretendía empezar a trabajar en el establecimiento habían quedado en el local para firmar un contrato de trabajo.

Rubrica del acuerdo

Tras realizar la rúbrica del acuerdo, el investigado (antes imputado) comenzó enseñarle a la muchacha las distintas dependencias del establecimiento y cuando se encontraban en el cuarto de las bebidas, siempre según la versión de la Fiscalía, se dirigió a la muchacha y «con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales se abalanzó sobre ella agarrando la por la cadera y dándole un beso en la boca introduciendo la lengua, agarrando la por la cintura y levantándola en volandas diciéndole que era atractiva y dulce, todo ello sin el consentimiento de la víctima, que consiguió zafarse del mismo y marcharse del lugar». Así lo reconoce en la mayor parte de su redacción la sentencia, que ha sido notificada a las partes presentadas en la causa.

Cambio de Código Penal

Los hechos se consideran constitutivos de un delito de abuso sexual, y se califican de acuerdo al Código Penal vigente en el momento de los hechos, que varió posteriormente. Por eso se reduce en dos meses la pena que había propuesto la Fiscalía.

También se le exige que haga frente a la responsabilidad civil con una indemnización de 600 euros para la víctima por daño moral.

La sentencia se basa fundamentalmente en el relato de la víctima de la agresión y en los estudios de los médicos forenses que realizaron su examen médico. El fallo dedica una parte importante de su contenido a sustentar la validez del testimonio de la víctima en el hecho de que la descripción de los ocurrido que presenta la víctima es bastante creíble, no tiene contradicciones importantes.

Como quiera que la sentencia habilita la posibilidad de presentar recurso ante la Audiencia Provincial, la representación procesal del condenado ya ha ejercitado su derecho y ha presentado el recurso en el Palacio de Justicia, que resolverá en forma y plazos determinados, de acuerdo a las posibilidades que se plantean actualmente.

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