Diario de León

CONGRESO SOBRE LA CIUDAD DE LEÓN Y SU DERECHO

El Fuero se creó para poner fin a la crisis por la que pasaba el Reino de León

Los expertos recalcan que el derecho inicial mantenía la jerarquía liderada por la Iglesia, después el rey y finalmente el pueblo.

Los intervinientes, acompañados por el alcalde de León, ayer antes de iniciar el acto en el salón municipal. JESÚS F. SALVADORES

Los intervinientes, acompañados por el alcalde de León, ayer antes de iniciar el acto en el salón municipal. JESÚS F. SALVADORES

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miguel ángel zamora | león

Los expertos consideran que el Fuero de León y los Decreta se pusieron en marcha para poner fin a la crisis por la que atravesaba el Reino de León, en el plano económico y en el apartado de organización. «Por eso Alfonso V decidió arbitrar una serie de preceptos encaminados a recuperar el orden».

Félix Martínez Llorente, catedrático de Historia del Derecho de la Universidad de Valladolid, disertó en torno a la doble naturaleza normativa de los Decreta. «Por encima de lo complicado del mundo jurídico, está la referencia histórica a un texto que nos ha llegado a través de documentos muy variados».

Los Decreta llegan a la actualidad a través de la tradición manuscrita y por el Libro del Testamento de la Santa Iglesia Ovetense. «La iglesia fundamentaba sus privilegios en estos textos» y se refleja expresamente que se había aprobado el 20 de julio del 1017 en una curia, pasando por 20 preceptos referidos a todo el Reino y 28 más relativos al derecho de la Ciudad de León. «Eran privilegios con los que Alfonso V quería dar garantías a la repoblación de la ciudad tras las campañas de Almanzor».

Escrito en visigótico del siglo XII es redactado por el Obispo Don Pelayo. El Libro de la Fe de la Iglesia Bracarensa es otro documento fundamental para entender los privilegios para plantar cara a Compostela. «Aquí aparece una versión muy reducida» con solamente 13 preceptos. La estructura del Códice de Braga no contempla términos que sí se recoge en el de Oviedo referidos a mandatos y obediencia.

«Había un texto jurídico que era el Liber Iudiciorum que ordenaría todo el Reino Visigodo. A su caída, estaba llamado a desaparecer pero los núcleos de resistencia cristiana, provocaron que perdurase y fuera un texto sacral». Pero con el paso de los siglos, necesitó innovaciones y con Alfonso V se promulgan unos contenidos superadores por la vía de los preceptos singulares, que tendrán un carácter general.

Establece un orden de importancia que obligaba a tratar primero los asuntos de la Iglesia, luego los del Rey y finalmente los del pueblo. «Es un orden que llega a la Constitución de 1978 y se consolida en la actualidad». Decreta y Constitución son los textos que emanan del Príncipe.

El ámbito de aplicación de los Decreta se fija en Asturias, Galicia, León, Portugal y Castilla. «Sólo se comprenden sus preceptos si se entiende que actualiza el Liber Iudiciorum. Asegura los bienes de la Iglesia, restaura la autoridad episcopal, rechaza la violencia contra el patrimonio eclesiástico y condena los homicidios a los hombres de la Iglesia. En cuanto a los preceptos del Reino, regula la heredad, las condiciones de la repoblación y las garantías frente a las arbitrariedades de los oficiales públicos. «Es el inicio del establecimiento de una entidad vecinal y comunal». Y finalmente restablece la designación de los jueces, la obligación de cumplir el servicio militar y la prohibición para los siervos de comprar o vender heredades.

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