En contra del criterio de la Audiencia Provincial
El auto del Juzgado de Instrucción Número 5 sobre las diligencias previas del caso se refiere a la solicitud que realiza la defensa de Javier García-Prieto, pero señala que la extinción de la responsabilidad penal por prescripción debe extenderse a todos los investigados que han sido citados.
El juez se refiere en el escrito, entre otras decisiones que han tenido lugar en estos años, al auto de la Audiencia Provincial de 9 de enero del año pasado, que desestimó los recursos de apelación de las defensas en lo referente a la prescripción del presunto delito. Para ello la Audiencia se basa en el informe de los peritos del Banco de España, que señala que «las irregularidades que se ponen de manifiesto afectarían al período de tiempo en el que Santos Llamas fue presidente de Caja España y consejero de la entidad, desde junio de 2006 hasta octubre de 2012».
Y que se aprobaron operaciones en 2010, 2011 y la última el 26 de enero de 2012 que «tenían por finalidad la refinanciación o reestructuración de la deuda, sin aportar nuevas garantías eficaces», y «efectuadas una vez que había vencido el plazo de carencia de pago de intereses y principal que se había concedido el 8 de enero de 2009».
Consideró la Audiencia que la causa debía seguir su curso procesal porque «el tiempo de prescripción del presunto delito se ha visto interrumpido por la providencia del Juzgado Número 5 el 6 de abril de 2015»; por lo que considera que los presuntos delitos no han prescrito.