SUCESOS
Media en una pelea entre dos individuos y termina en la UCI de León
Su madre, que estaba presente en los hechos, también resultó agredida por los detenidos

Una de las salas de vistas de la Audiencia Provincial. MÁZ
Un joven que medió en una pelea entre un marroquí y un dominicano terminó en la UCI del Complejo Asistencial Universitario de León, tras recibir un navajazo en el hemitórax. Su madre, presente en los hechos, también fe agredida. Los implicados en los hechos permanecen recluidos en Villahierro, después de que la Audiencia Provincial denegase su libertad provisional. Los hechos datan de la pasada primavera.
Los hechos ocurrieron cuando dos personas estaban agrediendo a otra, por lo que un joven se metió para defenderle y uno de los agresores le dio a la madre dos bofetadas y pinchó a su hijo.
El joven ratificó la versión de su madre y dijo que un dominicano y un marroquí estaban pagando a otra persona y que él se había metido para separarles, a resultas de lo cual el dominicano agredió a su madre y le pinchó a él con una navaja. Fue reconocido fotográficamente en la Comisaría de Policía.
Un testigo afirmó que conocía al investigado, un súbdito dominicano. Éste y un marroquí estaban agrediendo a un joven, que él se había metido para separarles y que el dominicano se había metido y le había agredido con un cuchillo.
El herido fue tratado en el Hospital de León de las lesiones sufridas como consecuencia de la agresión sufrida por el investigado al pincharle con la navaja que portaba.
La postura del acusado consiste en negar haber agredido a persona alguna, si bien reconoce que participaron muchas personas en los hechos y que él llevaba una navaja.
«Nosotros entendemos, con la jueza de Instrucción, que las circunstancias concurrentes son más que suficientes como para justificar el mantenimiento de la medida cautelar adoptada, existiendo indicios suficientes para presumir de forma razonable y fundada que el investigado ha podido participar activamente en los hechos objeto de investigación ya que, más allá de los motivos invocados con el escrito de recurso y de la valoración de las pruebas que puedan proponerse y practicarse en la vista oral, es lo cierto que, racionalmente, de las actuaciones instructoras practicadas y de lo actuado por la policía judicial, existen motivos para supuestamente demostrar que el ahora apelante agredió con una navaja a los personas antes mencionadas, causándoles lesiones de las que todavía no consta parte de sanidad, consta que el perjudicado fue asistido en un centro de salud y el otro en la UCI del Hospital de esta ciudad», explica la Sección Tercera de la Audiencia.
«Se desconoce en esta fase procesal la valoración probatoria de otras argumentaciones que formula el recurrente en su escrito de apelación, pero los indicios sobre su participación en los hechos investigados son sólidos, en especial tal como consta en el atestado policial obrante en las actuaciones y en reconocimiento por parte de los perjudicados», señala el auto.
En contra de lo sostenido por el apelante, «repetimos que al margen de lo que pueda actuarse en la vista oral que pueda llegar a celebrarse, lo actuado hasta ahora en fase de instrucción si revela la existencia de indicios racionales suficientes de que, como se dice en el auto recurrido, el apelante ha podido intervenir en los graves hechos investigados, supuestamente constitutivos de sendos delitos de lesiones que tipifican los arts. 147 y 148 del CP, castigados con pena de prisión cuyo recorrido punitivo puede llegar hasta los cinco años de prisión, sin descartar tampoco, a priori, que podamos estar en presencia de hechos que puedan ser calificados como de un delito de homicidio en grado de tentativa de los arts. 16,1 y 138 de esa misma norma».
Por todo ello, la Sala considera que el mantenimiento de la medida «se encuentra plenamente justificada tanto en lo material como en razón de proporcionalidad, procediendo, en consecuencia, a desestimar la petición de libertad pedida vistos los importantes indicios existentes sobre su participación en los graves hechos delictivos investigados en esta causa y sin que apreciemos ninguna de las alegaciones invocadas en el escrito de recurso de apelación».