Denuncian ante Trabajo el descontrol y reparto a dedo en el área de basura de León
El escrito inste en que el Ayuntamiento de León no hace cumplir el convenio. Un grupo de operarios alerta del sistema irregular de organización para repartir pluses

Los contenedores están acopiados en las instalaciones del servicio de limpieza, en la carretera de Vilecha.
El descontrol del servicio de limpieza viaria y recogida de basura del Ayuntamiento de León ocupa ya a la Inspección de Trabajo. La alerta parte de la reclamación presentada por un grupo de trabajadores que, después de haber entrado por oposición de manera reciente, han registrado un escrito ante la autoridad laboral en el que advierten de que «no existe ningún control horario» y que las tareas se asignan «de forma totalmente arbitraria» por parte capataces en funciones ascendidos a dedo. El sistema, según desvelan, sirve para repartir, al margen del convenio, no sólo las vacaciones, sino «los pluses de sábados, domingos y festivos o las horas extra»: una bolsa que dispensa cada anualidad, con este modelo de funcionamiento, más de 400.000 euros de propina.
La denuncia ante la Inspección de Trabajo insiste en esta falta de «control horario». El escrito de los nuevos operarios incide en que «los capataces en funciones reflejan el horario y tareas» que realizan «de forma totalmente opaca», al margen de su «conocimiento». De esta manera, recalcan, no pueden «ver lo manifestado en dichos partes», lo que les deja «en total indefensión ante lo que ellos puedan incluir». Como resultado, abundan, esto les impide «solicitar el pago de los pluses de sábados, domingos y festivos o las horas extras realizadas».
En la argumentación planteada ante la autoridad laboral se detalla, con pruebas documentales, que «el servicio de limpieza» del Ayuntamiento de León «no tiene habilitada la solicitud de las vacaciones ni de los permisos por el portal del empleado», por lo que todas estas peticiones, «permisos, vacaciones, cambios de turno o cualquier solicitud se realizan en papel». Sin método para poder acreditarlo después, deben entregarlas a «los mandos intermedios en funciones», quienes la reciben y luego dan la contestación que «suelen ser totalmente ilegal, infundada y arbitraria». «Al no constar de registro electrónico a través del portal del empleado, no hay forma de saber por nuestra parte si estamos dentro de los 10 trabajadores condicionados para el disfrute de los días de libre disposición, pudiendo los mandos intermedios en funciones manipular el orden de recepción y registro», inciden.
La argumentación de la irregularidad la refuerzan los trabajadores afectados en que estos mandos intermedios «no tienen reconocida su categoría y el desempeño de sus funciones» de acuerdo a lo establecido en el convenio. Se trata de operarios que, en su mayoría, tienen la categoría de peón y ejercen funciones de «ayudante de servicios» sin haber cumplido «el trámite y requisitos exigidos para la cobertura de plazas de superior categoría de forma temporal».
La normativa exige que para esta «movilidad funcional» se tengan que respetar «los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad que han de regir en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo», como ya sentenció el Tribunal Superior de Justicia hace un año. En ese fallo, todavía sin ejecutar, se exigía al Ayuntamiento de León que habilitase los procesos oportunos para regularizar el servicio, después de la denuncia por el incumplimiento del convenio presentada por otro grupo de trabajadores, que avisaban del reparto «arbitrario de las plazas de conductor, capataz y ayudante de servicios», dentro de «un sistema de premios y castigos» que reparte pluses cercanos a los 20.000 euros a algunos operarios.
Con sustento en esta sentencia, la apelación a la Inspección de Trabajo registrada por este nuevo grupo de trabajadores insiste en el funcionamiento irregular del servicio de limpieza viaria y recogida de basura. En el documento describen que, después de haber aprobado su plaza, el mismo día de incorporarse no se les entregó «la relación de puestos de trabajo vacantes» para que pudieran pedir la que más les interesase según su «orden de puntuación». Al margen de este requisito, fijado en el convenio, fue uno de los mandos intermedios en funciones quien les asignó a dedo el cuartelillo correspondiente, así como el turno y horario, que en sus casos coincidía en su mayoría de tarde y con todos los domingos y festivos. «Esto incumple el artículo 12.8 del convenio el cual establece que se trabajará un sábado y se descansará otro, además de establecer las horas de trabajo en 6 horas», se remarca en el escrito, en el que se recoge que, a otros empleados también de nueva incorporación, se les han dado «puestos de trabajos en mejores turnos y descansando un sábado de cada dos y todos los domingos y festivos».
Entre las aplicaciones arbitrarias, reseñan que, de acuerdo al convenio, las vacaciones «se disfrutará un mes natural de forma ininterrumpida en los meses de junio a septiembre (del primero al último de cada mes), salvo en los casos en que se solicite expresamente por la persona trabajadora el cambio a los meses restantes». Pero tampoco se cumple porque se les ha fijado fuera de estos meses.