Diario de León

Autónomo, cuidado: el error con el modelo 111 que puede costarte dinero sin darte cuenta

El trabajador autónomo debe tener en cuenta diferentes modelos si no quiere llevarse un susto en la declaración de la Renta

Una autónoma estresada ante el papeleo burocrático

Una autónoma estresada ante el papeleo burocráticoGetty Images

Antonio Bret
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El modelo 111 es el formulario que utiliza la Agencia Tributaria para declarar las retenciones de IRPF que autónomos y empresas practican a terceros. No es un impuesto propio, sino una cantidad que se descuenta al pagar determinados servicios o alquileres y que posteriormente se ingresa en Hacienda.

Esta obligación afecta a quienes contratan a otros profesionales —como abogados, diseñadores o asesores— o pagan alquileres de locales sujetos a retención. En estos casos, el pagador se convierte en intermediario: retiene una parte del importe de la factura y la entrega a la Administración.

Uno de los errores más habituales es pensar que la responsabilidad recae en quien emite la factura. Sin embargo, es quien paga quien debe practicar la retención e ingresarla correctamente.

Cómo funcionan las retenciones en una factura

Cuando recibes una factura con retención de IRPF, normalmente del 15% (o del 7% en nuevos autónomos), no pagas ese importe al profesional. Ese dinero se reserva para Hacienda.

Por ejemplo, en una factura de 1.000 euros más IVA:

  • IVA (21%): 210 euros
  • Retención IRPF (15%): 150 euros
  • Total a pagar: 1.060 euros

Los 150 euros retenidos son los que deberás declarar e ingresar mediante el modelo 111.

Este sistema permite a Hacienda recaudar el IRPF de forma anticipada y evita que el profesional tenga que pagar todo el impuesto de golpe en la declaración de la Renta.

Los autónomos deben tener muy en cuenta los modelos 111 y 190

Los autónomos deben tener muy en cuenta los modelos 111 y 190Getty Images

Cuándo se presenta el modelo 111

El modelo 111 se presenta de forma trimestral en los siguientes plazos:

  • Del 1 al 20 de abril.
  • Del 1 al 20 de julio.
  • Del 1 al 20 de octubre.
  • Del 1 al 20 de enero.

La presentación se realiza a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, utilizando certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico.

Cumplir con estos plazos es fundamental. Presentar fuera de tiempo conlleva recargos e intereses, incluso aunque el importe sea pequeño.

Qué pasa si no has tenido retenciones

No todos los autónomos están obligados a presentar este modelo en todos los trimestres. Solo debe presentarse 'a cero' si previamente se ha comunicado a Hacienda la obligación de retener mediante el modelo 036 o 037.

Si no has practicado retenciones ni estás dado de alta en esta obligación, no tendrás que presentar el modelo 111.

El modelo 190: el resumen anual

Además de las declaraciones trimestrales, existe una obligación adicional: el modelo 190. Se presenta en enero y recoge un resumen anual detallado de todas las retenciones practicadas.

Incluye datos como:

  • Identidad de los profesionales o arrendadores.
  • Importes abonados.
  • Retenciones aplicadas.

La suma de los cuatro modelos 111 debe coincidir con el modelo 190. Cualquier diferencia puede generar avisos o requerimientos por parte de Hacienda.

Claves para evitar problemas con Hacienda

Gestionar correctamente el modelo 111 es esencial para evitar sanciones. Para ello, conviene:

  • Revisar todas las facturas recibidas con retención
  • Llevar un control actualizado de las cantidades retenidas
  • No confundir ese dinero con ingresos propios
  • Presentar siempre dentro de plazo

Un buen control contable no solo evita errores, sino que facilita el cierre del ejercicio y reduce el riesgo de inspecciones.

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