El BOE avala a la DGT y el 1 de octubre cambian las normas de tráfico: así se obliga a conducir cuando nieve
León es una de las provincias más afectadas por el reglamento
Nieve en la autopista entre León y Asturias.
A partir del próximo 1 de octubre, los conductores españoles deberán adaptarse a cambios significativos en las normas de circulación que transformarán radicalmente la forma de desplazarse por carreteras y ciudades. La Dirección General de Tráfico introducirá restricciones que alterarán maniobras cotidianas, especialmente en zonas donde las condiciones meteorológicas adversas son frecuentes, según consta en la renovación del Reglamento General de Circulación, publicada en el BOE-A-2026-13889.
León se encuentra entre las provincias más afectadas por esta reforma normativa, debido a sus características geográficas y climatológicas particulares. Las nuevas disposiciones establecen prohibiciones específicas para situaciones que hasta ahora se regulaban de manera diferente, generando incertidumbre entre los automovilistas habituales de estas vías.
La normativa introduce una prohibición absoluta de adelantamiento en autopistas y autovías cuando la circulación se vea dificultada por nieve
El Reglamento General de Circulación, vigente desde 2003, experimenta su modificación más profunda en dos décadas. Esta actualización responde a un cambio de paradigma: el foco pasa de la carretera al usuario, priorizando especialmente a los colectivos considerados vulnerables.
Restricciones en condiciones meteorológicas adversas
La modificación normativa introduce una prohibición absoluta de adelantamiento en autopistas y autovías cuando la circulación se vea dificultada por nieve en la calzada. En estas circunstancias, todos los vehículos deberán circular obligatoriamente por el carril situado más a la derecha. En el caso de la AP-66 será complejo, dado el corte precisamente de este carril por obras en el trazado entre León y Asturias.
Nieve en la AP-66.
En vías con tres o más carriles por sentido de circulación, se permitirá utilizar también el carril contiguo al derecho, pero quedará estrictamente prohibido ocupar los carriles de la izquierda. Esta medida busca mantener expeditos esos carriles para vehículos de emergencia y quitanieves.
La norma establece que cuando los vehículos circulen a paso de peatón o se detengan por retenciones, deberán orillarse dejando un espacio libre denominado carril de emergencia. En autopistas con dos carriles por sentido, este espacio debe formarse en el centro de la vía, entre ambos carriles. Cuando existan tres o más carriles, el carril de emergencia se creará entre el situado más a la izquierda y el contiguo.
Impacto territorial de la reforma
Las provincias del norte de España, especialmente aquellas con mayor incidencia de nevadas y condiciones invernales adversas, verán modificadas sustancialmente sus pautas de circulación habituales. León, junto con otras provincias montañosas, registra cada año numerosos episodios de nieve que afectan a las principales vías de comunicación.
La nieve invade la calzada en ambos sentidos en el kilómetro 428,71 de la A-6, como muestra esta imagen de las 18.00 horas de un sábado de invierno.
Esta circunstancia convierte la nueva regulación en un elemento de especial relevancia para los desplazamientos cotidianos de miles de conductores que utilizan autopistas y autovías durante los meses de mayor riesgo meteorológico. Las restricciones obligarán a modificar estrategias de adelantamiento que se venían aplicando durante años.
Cambios adicionales en la normativa
Más allá de las restricciones por condiciones meteorológicas, la reforma introduce modificaciones sustanciales en múltiples aspectos de la circulación. Los adelantamientos a ciclistas en vías interurbanas deberán realizarse reduciendo la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite existente, manteniendo una separación lateral mínima de 1,5 metros.
Los conductores de motocicletas y ciclomotores deberán utilizar obligatoriamente guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. Esta medida busca reducir la gravedad de las lesiones en caso de accidente, dado que la siniestralidad de estos colectivos supera ampliamente la media.
En el ámbito urbano, las modificaciones resultan igualmente relevantes. Las aceras quedan reservadas exclusivamente para peatones, prohibiéndose la circulación de cualquier tipo de vehículo salvo excepciones específicas reguladas por ordenanzas municipales. Los vehículos de movilidad personal no podrán circular por aceras, estableciéndose en quince años la edad mínima para conducirlos.
Adaptación y periodo transitorio
El texto normativo establece períodos transitorios para determinadas obligaciones, permitiendo una adaptación gradual. Los cascos de protección para ciclomotores deberán estar homologados, no simplemente certificados, concediéndose un año para el cumplimiento de esta exigencia.
Las ordenanzas municipales tendrán un papel fundamental en el desarrollo de aspectos específicos de la norma, especialmente en lo relativo a zonas de bajas emisiones y restricciones ambientales. Los ayuntamientos podrán regular caminos escolares seguros, implementando medidas de calmado del tráfico en entornos educativos.
León
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María Jesús Muñiz Prieto
La entrada en vigor de estas modificaciones supone un desafío logístico considerable, requiriendo la adecuación de señalización y infraestructuras en miles de kilómetros de carreteras españolas. Las autoridades competentes dispondrán de plazos específicos para implementar las medidas necesarias que garanticen el cumplimiento efectivo de la nueva normativa.