Diario de León

La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal tiene prevista su entrada en vigor inmediata y afectará al 80% de los procesos judiciales

La hora de los juicios rápidos

Hay policías, fiscales, abogados e, incluso, jueces que han advertido sobre la falta de personal necesario

Publicado por
L. U. Redacción - LEÓN.
León

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La entrada en vigor de la Ley 38/2002, de 24 de octubre, de reforma parcial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, referida a al procedimiento para enjuiciar actos que transgreden el Código Penal, y modificación de procedimiento abreviado, permitirá resolver procesos judiciales en espacios de 72 horas (si se trata de faltas) y quince días (en caso de delitos que deriven en penas de menos de cinco años de condena). Hasta el momento ocupan más de cinco meses. Afecta la reforma judicial conocida como juicios rápidos, a delitos de lesiones, amenazas, hurtos y robos, coacciones, agresiones y violencia doméstica y de género y delitos contra la seguridad en el tráfico. Aproximadamente, el ochenta por ciento de los casos que se apilan en los juzgados. Jueces, fiscales, abogados y policías judiciales o funcionarios de justicia, además de la policía uniformada que participa en la detención de los delincuentes, resumen el paso de introducción y aplicación de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que recaerá, sobre todo, en los juzgados de instrucción, órganos jurisdicionales que soportarán el peso de la entrada en vigor. En León existen cuatro juzgados de este tipo. Los autores de la reforma, que fue aprobada el pasado mes de octubre por el Congreso de los Diputados, pretenden que su aplicación, prevista a partir de este mes, acerque el momento del juicio a la detención del delincuente y, por extensión, una protección más efectiva de a las víctimas de los delitos o faltas. En esta nueva ley se considera esencial el proceso de instrucción del proceso judicial que va a realizarse, así está previsto, durante el servicio de guardia. Miembros de la judicatura y de la administración de justicia consultados por este periódico han mostrado escepticismo ante la efectividad de la norma, próxima a su entrada en vigor; defienden el espíritu y el contenido que aporta su redacción, pero añaden la falta de aspectos novedosos porque la ley de juicios rápidos ya se intentó aplicar en otras ocasiones. El principal objetivo de los juicios rápidos en combatir la reincidencia, porque la lentitud de la justicia produce que los delincuentes sean puestos a disposición judicial tantas veces como en libertad.

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