Diario de León
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La sentencia considera como principal prueba «la declaración de la víctima, debiendo tenerse en cuenta las particularidades que caracterizan la comisión de los delitos contra la libertad sexual y concretamente en este caso el uso por el acusado de intimidación para lograr su ilícito propósito, y no de violencia, así como el hecho de que la víctima ejerciese la prostitución, extremos relevantes a la hora de evaluar la carga probatoria». La víctima rechazó su derecho a ser indemnizada por los hechos.

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