«Las cámaras en la vía pública no afectan a la intimidad»
Suárez-Quiñones cierra las ponencias en las jornadas de la Policía Científica

Juan Carlos Suárez-Quiñones, en su intervención en las jornadas sobre la Policía Científica.
Los flecos sueltos que deja la normativa en torno al uso de las videograbaciones como prueba de cargo en asuntos delictivos los cubre la jurisprudencia. Es un flanco mínimo, supuestos para los que la Ley de Enjuiciamiento Criminal que se rige en España no aporta ninguna previsión. Ese rincón lo cubre la jurisprudencia. El resto de casos en los que una cámara puede filmar con fines preventivos -”sobre todo-” y de investigación, no ofrecen ni un resquicio legal en cuanto a su aplicación, uso y practicidad frente a la delincuencia. El Juez Decano de León cerró el ciclo de conferencias que acompañó a las jornadas de divulgación de la Policía Científica con una ponencia técnica en la que subrayó que la medida de implantación de cámaras de grabación en las calles de León decidida por el Ayuntamiento de la ciudad no va a afectar al derecho fundamental de la intimidad. «Está en la ley, es indiscutible», aseveró Juan Carlos Suárez-Quiñones, que en su exposición relacionó este supuesto -”una vez que lo ha aprobado la delegación del Gobierno en base a un informe del comité de videovigilancia-” con el de los que persiguen la prevención. «La Ley especifica que esas videocámaras cuando atienden a fines preventivos frente a posibles daños a personas o edificios esas grabaciones no incurren en intromisiones en la intimidad de las personas; siempre que estén colocadas en lugares públicos y filmen lugares públicos», acotó el magistrado en función de la legislación vigentes. El decano de los jueces leoneses valoró la notoriedad de este tipo de soporte en respaldo de la función que la ley le encomienda a la policía para resolver, investigar o prevenir la comisión de cualquier tipo de delito.
El juez repasó de forma somera la interpretación de la ley en torno a la aplicación de la videocámara como soporte válido contra la delincuencia. Lo es hasta en el caso de los cada vez más extendidas grabaciones con móviles. «Lo son, sí; no valen ni más ni menos que el testimonio del particular como testigo en un juicio; siempre que sea un testigo ocasional», acotó Suárez-Quiñones, que repasó todas las condiciones posibles en las que la videograbación, por lugar y objetivo, se presenta como arma ante el delincuente.