Diario de León

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El TSJ anula el permiso de la Junta a Veguín para superar el límite de gases

Alerta del perjuicio directo a la población al emitir 24 veces más de lo permitido.

La empresa ha quemado unas 90.000 toneladas de residuos en los últimos tres años.

La empresa ha quemado unas 90.000 toneladas de residuos en los últimos tres años.

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maría carnero | león
León

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La cementera Tudela Veguín, ubicada en La Robla, no podrá seguir emitiendo dióxido de azufre por encima del limite legal establecido, a pesar de contar con la autorización de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León para hacerlo, según la sentencia emitida esta misma semana por el Tribunal Superior de Justicia.

Los permisos que anula el alto tribunal fueron concedidos por la administración autonómica en los años 2008 y 2010 para que la cementera pudiera incinerar del orden de 33.000 toneladas de neumáticos usados al año. Esta autorización ambiental eximía a la empresa de cumplir del valor límite de emisión del contaminante dióxido de azufre establecido por la normativa de incineración de residuos en 50 miligramos por metro cúbico (mg/m3). Según denuncia Ecologistas en Acción en un comunicado de prensa, «la Consejería de Medio Ambiente autorizó emitir a la cementera hasta 1.200 mg/m3, 24 veces más que el límite legal aplicable». La misma nota destaca que «en este centro se han quemado en los últimos tres años más de 90.000 toneladas de neumáticos fuera de uso, gran parte importados de otras comunidades autónomas e incluso de Francia».

La Sala del TSJ entiende que «dados los problemas de contaminación atmosférica existentes en La Robla, no podían autorizarse, como se ha hecho en la Orden impugnada de 30 de mayo de 2008, unos valores de emisión superiores a los permitidos en el Real Decreto 653/2003, sin una justificación adecuada».

La sentencia continúa señalando que «en la autorización no se justifica que las exenciones a los límites máximos de emisión no son perjudiciales para la salud y el medio ambiente, teniendo en cuenta, especialmente, que las instalaciones de la cementera se ubican en suelo clasificado como urbano consolidado y que se encuentran en zona próxima a los usos residenciales del núcleo urbano de La Robla».

La presunción de daños para la salud de los habitantes de La Robla se fundamentan en el propio Plan de Actuación para la Mejora de la Calidad del Aire en la Zona de La Robla aprobado por la Junta de Castilla y León en 2009, y en la declaración judicial aportada por el médico titular de La Robla entre 1987 y 2009. En ese testimonio se ponen de manifiesto los problemas respiratorios de la población, en especial ancianos y niños, y su relación con la precaria calidad del aire, confirma la sentencia.

Ecologistas en Acción considera «muy importante esta sentencia en un momento en que la Junta de Castilla y León se pretende dar cobertura legal a estas empresas con la redacción de un nuevo Plan Regional de Residuos que consagra la incineración en las cementeras de Castilla y León».

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