Diario de León

LEÓN ■ TRIBUNALES

El TSJCyL vuelve a dar la razón a la Cámara de la Propiedad de León y anula tasas del servicio de aguas desde 2016

El recurso contencioso-administrativo fue interpuesto contra la creación, por segunda vez, de las nuevas tasas por conservación de acometidas de saneamiento y agua potable

El recurso fue presentado por la Cámara de la Propiedad Urbana

El recurso fue presentado por la Cámara de la Propiedad Urbana

Publicado por
REDACCIÓN DIGITAL
León

Creado:

Actualizado:

El recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Cámara de la Propiedad Urbana de León contra la creación, por segunda vez, de las nuevas tasas por conservación de acometidas de saneamiento y agua potable y por conservación y renovación de contadores de agua fue resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, TSJCyL, a favor de los intereses de la entidad, ya que anula esas tasas que Aguas de León aplica desde 1 de enero de 2016 y que incrementaron en su día el importe del recibo de todos los usuarios aplicando una tarifa fija.

El Tribunal, según fuentes del órgano cameral, considera ante los argumentos e informes que presenta la asociación de propietarios que no se justifica adecuadamente la fijación de su importe, que la Cámara desde la creación de las nuevas tasas siempre consideró desorbitado, alejado de la realidad del mercado e inadecuado en la actual coyuntura económica.

También acoge el Tribunal el argumento de la Cámara referente a que estas nuevas tasas pretenden cobrar un servicio por adelantado o que nunca se va a prestar, vulnerándose el principio de equivalencia y provocación de costes que debe presidir este tipo de tributos.

Considera a su vez el TSJ, destacaron representantes de la Cámara, que tanto la sustitución de contadores como la reparación de las acometidas tienen carácter complementario a la tasa de suministro del agua potable y su cobro generalizado a todos los sujetos pasivos vulnera el principio de contraprestación que preside la regulación de cualquier tasa.

Alude además el Tribunal a la actuación municipal, que califica como “vicio de desviación de poder”, es decir, el Ayuntamiento utiliza sus potestades administrativas para alcanzar unos fines distintos de los previstos en el ordenamiento jurídico, utilizando en este caso su potestad tributaria con la exclusiva finalidad de incrementar los ingresos de Aguas de León, SL, para poder hacer frente a la devolución de los 25 millones de euros de canon inicial a la empresa Aquagest (hoy Aquona), copartícipe en un 49 por ciento de la mercantil Aguas de León, SL,

El Tribunal Supremo ya hizo constar también en su sentencia de mayo de 2017 que la devolución que se a cabo de un millón de euros cada año (uno por cada año de concesión o contrato) a la citada Aquagest no puede realizarse a cargo de los contribuyentes. La tasa debe pagar el coste del servicio exclusivamente e incluir esa devolución como coste vulnera el ordenamiento jurídico.

También llama la atención el Tribunal sobre el hecho de que Aguas de León presente beneficios y los reparta, 51 por ciento para el Ayuntamiento y 49 por ciento para Aquona, cuando tiene por objeto exclusivamente la prestación del servicio público de abastecimiento de aguas, y eso lo que realmente pone de manifiesto es el desequilibrio que se consigue a favor de Aguas de León en el cálculo de la tasa, apuntan en un comunicado.

Por último, el TSJCyL, que condena en costas al Ayuntamiento y a Aguas de León, califica el pretendido por el Ayuntamiento “carácter social” de estas tasas como “objetivamente incierto”, pretendiendo convencer a la ciudadanía de que la compañía se hará cargo de la conservación, renovación y reparación de los contadores de consumo de agua potable, afirmando en la sentencia que realmente “serán los propios vecinos de León quienes paguen esos nuevos contadores, unilateralmente impuestos por la mercantil codemandada (Aguas de León) dejando, además, un importante margen de beneficio en las cuentas sociales. En verdad, el artificio contable descansa sobre una imposición unilateral de cambio de contadores técnica y económicamente innecesaria”.

La Cámara de la Propiedad Urbana consideró desde un primer momento que la creación de nuevas figuras tributarias en el suministro de agua potable y alcantarillado supuso un incremento de la ya elevada presión fiscal que no debía ser admitido por los ciudadanos, sobre todo, teniendo en cuenta la situación económica que vive la sociedad leonesa a pesar de la existencia de algún indicio de recuperación.

 

 

tracking