Diario de León
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La Administración General del Estado se opuso a la adopción de la medida cautelar solicitada por los funcionarios argumentando ante el Tribunal Supremo la jurisprudencia de la misma Sala Tercera que ha emitido el auto y la existencia del ‘periculum in mora’, que se fundamenta en consideraciones meramente subjetivas sobre los «perjuicios hipotéticos» derivados de la aplicación de la disposición, «sin que en ningún momento se justifique la irreparabilidad de los mencionados perjuicios». A juicio de la Abogacía del Estado, dichos perjuicios tienen un carácter «meramente hipotético» y están fundados en «conjeturas carentes del más mínimo análisis y concreción». Además, estima que la suspensión de la aplicación de la disposición adicional quinta del Real Decreto, «supondría, sin duda alguna, una perturbación grave de los intereses generales y de terceros».

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