Diario de León

Inversiones en los pueblos

La Diputación destina 740.000 euros para fomentar el empleo

Se beneficiarán de este plan los municipios de más de mil habitantes

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León

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La Diputación de León aprobó el pasado 27 de marzo el Plan Especial de Empleo con cargo al fondo de cooperación Local General (Preplan) para 2020, cuyas bases reguladoras fueron publicadas el pasado 30 de abril en el Boletín Oficial de la Provincia.

Un plan que tiene por objeto financiar los costes derivados de la contratación como personal temporal por los ayuntamientos de la provincia leonesa con población superior a 1.000 hasta 20.000 habitantes, de trabajadores desempleados e inscritos, como demandantes de empleo no ocupados, en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León y, para el cual, la institución provincial ha destinado una cuantía total de 777.519 euros con cargo al fondo de cooperación Económica Local General para el 2020.

En concreto, podrán ser beneficiarios de estas ayudas los ayuntamientos de la provincia con una población superior a 1.000 habitantes hasta 5.000, que percibirán una subvención de 10.000 euros para la contratación de un trabajador a jornada completa por un periodo de 180 días; mientras que los ayuntamientos con una población de más de 5.000 habitantes y hasta los 20.000, podrán percibir una subvención de 10.000 euros por trabajador para la contratación de tres empleados a jornada completa por un periodo de 180 días. En total, son 47 los municipios que pueden optar a la subvención de 10.000 euros y 9 los que pueden hacerlo a la de 30.000 euros, situándose la cuantía que subvencionará la Diputación en los 740.000 euros.

Reparto

Los municipios de 1.000 a 5.000 habitantes tendrán 10.000€ de ayuda y los de hasta 20.000, 30.000€

Las contrataciones de los trabajadores realizadas por los ayuntamientos serán subvencionables siempre que reúnan varios requisitos. Los trabajadores deberán estar desempleados e inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León y que sean menores de 35 años (preferentemente sin cualificación) o mayores de 45 años (especialmente quienes carezcan de prestaciones y presenten cargas familiares). Además, deberán ser parados de larga duración, con especial atención a aquellos que han agotado sus prestaciones por desempleo y las personas en riesgo de exclusión social. Solo serán subvencionables las contrataciones efectuadas a partir del 1 de mayo de 2020, que cumplan los requisitos establecidos y que se den de alta en la Seguridad Social hasta el 31 de julio de 2020 (día incluido).

Por la urgencia y excepcionalidad de la situación del estado de alarma originada por la crisis por el covid-19, para los ayuntamientos no resulta necesario la previa solicitud de la misma, que se concederá en la misma resolución de aprobación de las presentes bases. Los consistorios beneficiarios de la subvención podrán solicitar anticipo del 75% de la subvención concedida y el 25% restante se percibirá una vez justificada la subvención en la forma y plazo previstos.

El plazo para que cada ayuntamiento presente la justificación finaliza el 31 de enero de 2021. Asimismo, las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria son compatibles con otras ayudas para la misma finalidad otorgadas por otras administraciones públicas o privadas, siempre que con la nueva subvención no se supere el coste de la actuación subvencionada.

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