Diario de León
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El argumento leonés. El Instituto Geográfico Nacional ha dado como válido el argumento interpuesto por Cabrillanes, que se fundamenta una Real Cédula de 1785 en la que se tomó en consideración las opiniones de los alcaldes mayores de la zona, entre ellos los de Somiedo y Babia de Arriba, actual Cabrillanes. Esto desmonta, según juristas consultados por este periódico, la teoría asturiana de que Cabrillanes no existía en ese momento. Similar a una sentencia actual. La Real Cédula de deslinde tiene la misma validez que una sentencia del actual Tribunal Supremo, algo que parece haber servido al Instituto Geográfico para retrasar la frontera con Asturias dos Kilómetros, situándolo justo en medio del Santa María del Puerto. Elementos geográficos fijos. El deslinde establecido en Cédula se realizó, según las alegaciones de Cabrillanes, sobre elementos geográficos fijos e inamovibles y no sobre mojones, fácilmente alterables. Estos elementos son los montes de la zona y dos arroyos que parten por la mitad el pueblo de Santa María del Puerto, de ahí la dificultad de realizar el deslinde. El argumento asturiano. El Ayuntamiento de Somiedo, basándose en un informe de la Universidad de Oviedo, argumenta que la única división válida es la establecida en 1833. Pero según los juristas leoneses, en esa misma partición se establece que «el límite sur de la provincia de Oviedo es el tradicional», por lo que la Real Cédula de 1785 tendría validez Una nueva reivindicación. Todavía queda en el aire si Cabrillanes reclamará o no otras 674 hectáreas en terreno asturiano, que responderían a los mojones del 1 al 4 -los del 4 al 8 son los que trata de dirimir el contencioso actual- y que según los juristas consultados también podrían pertenecer a León. El final del proceso. En principio el contencioso debería dirimirse en primavera. Tras el informe del Instituto Geográfico se abre un proceso de alegaciones de 15 días -actualmente en curso-, tras lo cual el Consejo de Estado emitirá un dictamen que remitirá a la Dirección General para la Administración Local -que depende del Ministerio de Administraciones Públicas- que decidirá. Después se abrirá el plazo de impugnaciones. Perjuicios socioeconómicos. Para evitar perjuicios socioeconómicos en el pueblo de Santa María del Puerto, que quedaría partido en dos, se podría realizar un expediente de alteración de límites territoriales para que este pueblo continúe perteneciendo a Asturias.

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