Diario de León

Dos términos con protección 1 y el resto grado 2

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León

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El informe arqueológico concluye que los elementos de este tipo deben protegerse porque se considera que son bienes que no deben dejarse desaparecer, ya que representan valores históricos y culturales de la comunidad en la que se encuentran. Por otra parte, dado el carácter de estos elementos es probable que en el subsuelo de los mismos o de sus inmediaciones se hayan conservado restos susceptibles de estudio arqueológico. El plan hace una mención especial a las características de los yacimientos paleolíticos documentados en las terrazas del Bernesga dentro del término municipal de San Andrés del Rabanedo.

Los siete yacimientos tienen asignado una nivel de protección de grado dos, excepto Los Corrales y Venta de la Cruz (Ferral) cuyas estructuras aún visibles se han catalogado como grado 1. Este nivel de protección determina que las obras permitidas se limitarán a trabajos de investigación, conservación, consolidación, restauración y puesta en valor. Las solicitudes de autorización para este tipo de obras deberán ir acompañadas de un estudio de su incidencia en el patrimonio arqueológico.

En cuanto al nivel de protección 2, se aplica a los enclaves arqueológicos en los que la presunción de la existencia de restos arqueológicos en el subsuelo es grande. Además, en el caso de La Venta de la Cruz se ha establecido un área delimitada como grado 2 porque podrían encontrarse vestigios de edificios preexistentes o otras construcciones asociadas. Esta protección supone que, de forma previa a las obras que se autoricen, deberá ejecutarse una excavación de sondeos para comprobar si existen restos del pasado.

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