Rubalcaba alega tres leyes para no disolver las concentraciones
Alfredo Pérez Rubalcaba dijo no a los antidisturbios, siempre que no hubiera desórdenes públicos. No fue una decisión solo política, fue casi más jurídica y técnica. Sin conocer las decisiones judiciales, los juristas del Ministerio del Interior dieron a primera hora de la mañana de ayer la fórmula al vicepresidente: la ley de Seguridad Ciudadana, la ley Reguladora del Derecho de Reunión y el propio Código Penal, todas con rango de normas orgánicas y que sólo facultan a las fuerzas de seguridad a disolver manifestaciones o concentraciones violentas o ilegales -”en el sentido penal-”, más allá de las decisiones que adopte la Junta Electoral Central. Esas leyes dieron la cobertura a Interior para evitar unas operaciones policiales, «inviables» de ejecutar sin decenas de heridos, avalanchas y males mucho mayores, según habían advertido los principales responsables de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana.
El Supremo mantiene el veto. Mientras, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo acordó por unanimidad rechazar el recurso presentado por Izquierda Unida contra la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) de prohibir las concentraciones y manifestaciones, e hizo suyos los argumentos de la Fiscalía.
El recurso de IU no fue el único. El abogado murciano José Rios recurrió por su parte al Tribunal Constitucional y en una reunión de urgencia también rechazó la apelación.