Los refugiados no son bienvenidos
España se sitúa a la cola de Europa en el número de peticiones de protección . internacional y existe un grave déficit de asistencia jurídica a la hora de solicitar asilo .
España no es un buen país para solicitar protección internacional. El informe anual de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (Cear) arroja datos reveladores al respecto. En los últimos 10 años las peticiones han caído un 65%. Las personas que huyen de la violencia o catástrofes en sus países ya saben que España no les abrirá sus puertas fácilmente. En el 2011 se recibieron 3.414 demandas de asilo, de las que 2.712 se admitieron a trámite. Pero solo 326 fueron aprobadas. La pregunta que surge es; ¿Por qué cuesta tanto obtener asilo en España?
Javier Galparsoro, abogado y presidente de Cear-Euskadi, lleva 22 años atendiendo jurídicamente a demandantes de protección internacional y sabe lo que es chocar una y otra vez contra los muros de la administración. «En España el proceso para solicitar el estatus de refugiado es draconiano. Somos demasiado mezquinos», afirma sin tapujos.
El aspirante a recibir protección internacional debe, en primer lugar, esperar a que su petición sea admitida a trámite, un proceso «poco consistente y en el que apenas se estudia la situación del solicitante». Para los que superan esta barrera la resolución final debe llegar, según la ley, en un plazo máximo de seis meses, aunque la realidad demuestra que se puede demorar entre 2 y 3 años. Durante este tiempo, se permite al demandante permanecer en suelo español y se le da una tarjeta roja que demuestra que su caso se encuentra en estudio. Nada más. Ningún tipo de asistencia.
Barreras
Uno de los principales problemas al llegar a España radica en el desconocimiento que tienen los propios solicitantes sobre los derechos que poseen y la asistencia legal a la que pueden tener acceso. «Solo deben de decir las palabras mágicas en la frontera ‘Yo soy un refugiado, quiero asilo’ para que se active el proceso de tramitación», explica Galparsoro, quien también denuncia que estas personas no sean informadas de esta posibilidad por las fuerzas de seguridad. «Un palestino o un sudanés no tienen por qué saber que tienen derecho a ser considerados refugiados con solo declararse como tales», indica el abogado.
En España el acceso a la condición de refugiado se rige por la ley de Asilo 12/2009, una norma que presenta graves lagunas. Tras su aprobación, se estableció un periodo de seis meses para desarrollarla a través de un reglamento que a día de hoy aún no existe.