Diario de León

El Poder Judicial cree que la reforma del Código Penal es inconstitucional

El CGPJ se muestra muy crítico con la prisión permanente y la custodia de seguridad.

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M.Sáiz-Pardo/ M.Balín | león
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Sin matices: la reforma penal de Alberto Ruiz-Gallardón es inconstitucional. El proyecto de informe del Consejo General del Poder Judicial sobre el mayor endurecimiento del Código Penal de la democracia es muy crítico con las modificaciones que pretende introducir el Gobierno y, en particular, con sus dos medidas estrella: la prisión preventiva revisable y la denominada custodia de seguridad, una suerte de segunda condena añadida a los delincuentes más peligrosos y recalcitrantes, que podrán seguir privados de libertad aún después de cumplir su pena.

El documento, obra de la vocal progresista Margarita Robles, será estudiado hoy por la Comisión de Estudios del Consejo, que deberá trasladarlo luego a pleno de la institución, al que llegará probablemente atemperado, aunque las críticas descarnadas al proyecto de Gallardón probablemente seguirán presentes.

«Resulta cuanto menos dudoso que una privación de libertad potencialmente perpetua sea conciliable, en un ámbito estrictamente interno, con la reinserción contemplada en el artículo 25.2 de la Constitución», explica el informe en referencia a la prisión permanente, que según el proyecto del Ejecutivo solo será revisada tras un cumplimiento mínimo de 25 años y un máximo de 35.

Compatibilidades

Además, recuerda que el propio legislador ya consideró que las penas a perpetuidad como las que dicta la Corte Penal Internacional no eran «compatibles» con la Constitución, por lo que impuso que en España nunca se cumplieran las condenas a cadena perpetua. La autora del informe aprecia en esta prisión permanente revisable una maniobra populista e insta al Gobierno a desvelar las «razones de oportunidad» que le han llevado a proponer reformas como esta, «sin ampararse en el pretexto de mejora del funcionamiento e imagen de la Administración de Justicia». Las andanadas de Robles tienen su segunda gran diana en la custodia de seguridad, que, si cabe, provoca «mayor recelo» que la cadena perpetua revisable. Critica sin ambages que esta segunda condena —de una duración máxima de diez años, siendo revisable cada dos años— carezca de un procedimiento para acordar sobre su inicio, revisión, modificación o cese.

«La medida resulta de una cuestionable inconstitucionalidad, como así lo han declarado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal Constitucional alemán, país de origen de esta propuesta», explica la vocal en su informe, en el que denuncia que es «especialmente significativa la ausencia de controles claros para su ejecución y seguimiento» y el hecho de que su cumplimiento pueda tener lugar en un centro penitenciario, «como si de una pena se tratase».

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