Diario de León

El ‘Constitucional catalán’ salva la ley que permitirá convocar la consulta

CiU y ERC validan su legalidad y PSC, Iniciativa y PP dicen que viola la Carta Magna.

El portavoz catalán, Homs.

El portavoz catalán, Homs.

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Cristian Reino | Barcelona
León

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La ley de consultas, la norma que Artur Mas quiere utilizar como base legal para poder convocar el referéndum independentista catalán, superó ayer por la mínima su penúltimo escollo. Por cinco votos a favor y cuatro en contra, el Consejo de Garantías Estatutarias, el órgano dependiente de la Generalitat que vela porque las leyes aprobadas en el Parlamento de Cataluña se ajusten a la Constitución y al estatuto, avaló dividido, pero de manera íntegra, el texto normativo.

A partir de ahora, tras recibir el dictamen favorable del ‘Constitucional catalán’, la ley ya está lista para su aprobación definitiva en un pleno previsto para la segunda quincena de septiembre, posiblemente el día 18, coincidiendo con el referéndum escocés. En cuanto la ley salga publicada en el BOE catalán, Mas firmará el decreto de convocatoria de la consulta y podrá cumplir con su promesa de organizar un referéndum legal, amparado por una ley vigente. Esta posibilidad, no obstante, no le garantiza que la votación se acabe celebrando el 9 de noviembre ya que el Gobierno ya ha anunciado que impugnará la norma y la convocatoria ante el Constitucional, quien automáticamente decretará la suspensión cautelar y dejará la consulta sin el cobijo legal.

Mensaje a Rajoy

Por ello, el Gobierno catalán emplazó ayer a Mariano Rajoy a que no ponga «trabas», pues a su juicio el ordenamiento jurídico español permite el ejercicio del derecho a decidir. La Generalitat evitó, no obstante, valorar futuras prohibiciones y centró su mensaje político en afirmar que la resolución del Consejo de Garantías Estatutarias le ofrece «sólidos argumentos» para convocar la votación del 9-N. Entre otros, el organismo consultivo concluye que la ley es 100% constitucional porque habla de consultas populares de carácter no vinculante y no referendos y porque el sistema constitucional español no prohíbe «en ningún sitio» que la Generalitat pueda consultar a los ciudadanos catalanes temas de su interés si lo hace «amparada en una competencia propia».

Está por ver si preguntar a la población sobre la independencia de Cataluña está dentro de las competencias autonómicas de la Generalitat. El Constitucional catalán argumenta, por tanto, que obtener la opinión de la ciudadanía «no colisiona» ni es incompatible con la Carta Magna y que el Estatut recoge el derecho de participación de los catalanes en los asuntos públicos de Cataluña y el derecho de la Generalitat y los ayuntamientos de promover la convocatoria de consultas populares.

Destaca, asimismo, que en el marco constitucional no existen cuestiones prohibidas a la opinión de los ciudadanos. El dictamen contó con los votos a favor de los cinco miembros del consejo elegidos por CiU y ERC.

Los otros cuatro, los consejeros nombrados a propuesta del PSC (2), ICV y el PP votaron en contra de validar su constitucionalidad.

Los juristas Pere Jover, Eliseo Aja, Marc Carrillo y Carles Jaume coincidieron en que algunos de los artículos de la norma chocan con la Constitución porque se quiere hacer pasar por una consulta popular lo que en realidad es un referéndum.

Jover considera que ambos conceptos «son materialmente indistinguibles» en la norma, Aja habla de «referéndum simulado», en tanto que Carrillo y Jaume concluyen que se trata de un «referéndum encubierto» que vulnera los límites constitucionales. El dictamen del consejo no entra a juzgar la doble pregunta fijada por los cuatro partidos soberanistas para la consulta, aunque algunos de los consejeros que votaron en contra sí lo hacen en sus argumentos a los votos particulares. Los cuatro votos en contra fueron un jarro de agua fría para el Gobierno catalán, que de alguna manera salvó ‘su’ ley de manera pírrica y por un margen muy estrecho.

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