Diario de León

Congreso y Supremo asestan un golpe a la lucha antiterrorista

Acaban con dos normas sobre comunicación y pruebas .

Una de las últimas operaciones antiterroristas.

Una de las últimas operaciones antiterroristas.

Publicado por
M. Balín | Madrid
León

Creado:

Actualizado:

En apenas 24 horas, entre el martes y el miércoles, los vetustos andamios en los que se cimentó durante más de 30 años la legislación y la acción antiterrorista recibieron dos severos mandobles por parte del Congreso y del Tribunal Supremo. Las dos instituciones acabaron con la incomunicación clásica de los detenidos y con el valor probatorio de las declaraciones policiales. Un doble golpe inopinado que, a decir de algunos, puede suponer un importante obstáculo en la batalla contra el nuevo terrorismo, el yihadista, y que para otros es solo un paso más hacia la normalidad y el garantismo tras el final de ETA.

La primera de las reformas vino de una enmienda transaccional del PNV a la reforma del artículo 527 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC), aceptada por el PP, y que restringe las posibilidades de incomunicar a un detenido y obligará a un estricto control y justificación judicial de cualquier limitación excepcional de derechos que se le imponga durante el arresto. A partir de ahora, el detenido incomunicado no está despojado por norma de derecho alguno y solo se le podrá restringir los que se soliciten explícitamente por los investigadores y siempre que el juez lo autorice. Y todo ello unido a dos visitas forenses diarias. La incomunicación, eso sí, podrá seguir prorrogada hasta tres días y siguen sin ser obligatorias las grabaciones en los interrogatorios.

«No es posible que en pleno siglo XXI, y con retos tan graves para la seguridad como el yihadismo y las bandas organizadas, limitemos determinadas herramientas que es evidente que nos han servido para combatir con éxito al terrorismo», se lamenta José María Benito, portavoz de la Unión Federal de Policía.

Su opinión es compartida por numerosos mandos de los servicios de Información de la Policía y la Guardia Civil.

«También la sentencia del Supremo va en esa misma línea. Certificar el fin de una época», apostilla Olabarría. El diputado se refiere al acuerdo de la Sala de lo Penal que fijó el miércoles que la declaración de los detenidos en comisaría que luego no son corroboradas en un juzgado solo tendrá valor probatorio en un juicio si se confirma la confesión policial por otros datos objetivos, como informes periciales, declaración de testigos presenciales o directos o evidencias documentales.

tracking