Diario de León

«Una cosa es un ataque militar sin el auspicio de la ONU y otra son los crímenes de guerra» Margarita Robles (jueza)

El blindaje de Aznar

«Es difícil» saber si prosperarán denuncias como la que presentó el alcalde de Villablino ante la Audiencia Provincial de León p

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Guillermo Murias, alcalde de Villablino por IU, pretende en su denuncia que el presidente del Gobierno español sea juzgado por no defender los derechos de las personas participando en los «ataques indiscriminados» contra la población iraquí. El fiscal del Tribunal Supremo Torres-Dulce, justificó su afirmación en que desconoce el contenido de la demanda y la instancia a la que se apela, si provincial, autonómica, nacional o supranacional, en aras del principio universal de justicia que pende sobre los delitos tipificados en el Código Penal. Por su parte, el Comité de Juristas Contra la Guerra estudia la posibilidad de actuar contra el presidente del Gobierno, José María Aznar, por su apoyo a la intervención bélico en Irak, por la vía del derecho penal internacional. Cultura Contra la Guerra todavía no ha decidido si apoyará esta iniciativa pero sí se ha pronunciado a favor de que se aplique el Código Penal español. Los artistas han mostrado su «extrañeza» porque el PSOE no quiera recurrir a la vía judicial contra el Ejecutivo. La juez de la Audiencia Nacional Margarita Robles descartó ayer que se pueda utilizar el Código Penal para actuar contra Aznar, aunque añadió que «se puede estudiar» la vía del derecho internacional por si se pudiera recurrir al Tribunal Penal Internacional. La ex secretaria de Estado de Seguridad incidió en la necesidad de un estudio jurídico «serio» a cargo de expertos en derecho internacional, ya que recurrir al recién creado TPI para juzgar la actuación llevada a cabo por parte del Gobierno español, de momento, le provoca «dudas». Robles aseguró que en el ámbito del derecho internacional se ha producido una «quiebra» al ejecutarse un ataque militar sin el auspicio de Naciones Unidas, ya que la resolución 1.441 no autoriza una intervención militar. Otra cosa es que esa actuación bélica pueda desembocar en crímenes contra la humanidad, ya que ambas figuras «no van necesariamente unidas» en el campo del derecho internacional.

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