Diario de León

LAS OBJECIONES JURÍDICAS

Los juristas creen que el texto atenta contra la unidad de mercado

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Los principales aspectos cuestionados por los expertos del PSOE son: Derechos históricos. Cataluña no puede pedir un mayor autogobierno ni exigir más competencias basándose en los derechos históricos. Sí puede fundamentar esa demanda en la Constitución y en el Estatuto. 1397124194 Régimen lingüístico. La Generalitat no puede exigir el conocimiento del catalán a jueces, magistrados, fiscales y demás personal de la Justicia. Tampoco a los notarios o a los registradores. Tampoco tienen el deber de conocer el catalán «todas las personas», sino los catalanes. Aunque el aranés sea cooficial en Cataluña no podrá serlo en el resto de España. 1397124194 Derechos, deberes y principios rectores. Los derechos recogidos en el estatuto deben respetar las competencias del Estado y tener en cuenta los límites derivados de los tratados internacionales suscritos por España. El artículo 38.2, relativo a un a un cauce jurisdiccional específico, es inconstitucional. 1397124194 Sistema institucional y fuentes de Derecho. Consideran que «la condición de Estado de la Gene-ralidad conduce a que, en los actos en los que exista representación directa del Estado, deba aplicarse el orden de precedencias y el protocolo establecido por la legislación estatal».. 1397124194 Poder judicial. Opinan que la reforma «no crea un poder judicial autonómico diferenciado del Poder Judicial del Estado», pero el nombramiento del presidente del Tribunal Superior catalán o de los presidentes de sus salas «deben quedar fuera del articulado del Estatuto o remitirse a lo que establezca la LOPJ». 1397124194 Competencias. Hay numerosas colisiones con las competencias estatales en todo el articulado que deben ser ajustadas. Los expertos expresan «serias dudas» sobre la constitucionalidad de que Cataluña se arrogue competencias por el artículo 150.2 de la carta magna. 1397124194 Unidad de mercado. La reforma «en ocasiones soslaya las exigencias del principio constitucional de unidad de mercado». 1397124194 Financiación. La Generalitat no puede monopolizar la gestión de todos los impuestos de titularidad estatal ni regular completamente el sistema de financiación de una autonomía cuando este modelo «afecta a todas».

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