Diario de León
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La polémica de los sobresueldos

P or medio de la presente y en ejercicio del derecho de rectificación reconocido a toda persona natural y jurídica en el artículo 1 de la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del Derecho de Rectificación, le requiero para que rectifique la información publicada en el medio de comunicación que dirige el pasado 9 de marzo, formando parte de la información incluida en las páginas 2 y 3, bajo el titular «Hasta 86 funcionarios son investigados por el decreto que les obliga a devolver lo cobrado». La información que me afecta forma parte de uno de los epígrafes de la noticia rotulado «Personal afectado por la investigación de la Junta», subepígrafe «Educación» (página 3, columna derecha) consistente en una relación de la que formo parte ( exactamente en puesto 9 de la lista, bajo la mención: Isabel Domínguez de Vidaurreta) lo que permite afirmar que, según su medio de comunicación, formo parte del personal allí aludido que, teniendo un cargo público y simultáneamente la condición de funcionario de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, ha sido perceptor de las retribuciones presuntamente irregulares que en el cuerpo de la noticia se expresan (retribuciones o indemnizaciones percibidas por ausentarse del trabajo por un deber inexcusable sin renunciar a las devengadas por el trabajo habitual derivado de la relación funcionarial). Pues bien, ni lo uno ni lo otro es cierto: ni ostento en la actualidad ni he ostentado cargo público alguno, ni he cobrado o percibido durante toda mi carrera profesional retribución o indemnización distintas de las que me corresponden como funcionaria en propiedad con puesto de trabajo de profesora a la vez que actual directora de la Escuela Oficial de Idiomas de Astorga. Por lo tanto la información divulgada por su periódico respecto a mi persona es absolutamente falsa, o en el mejor de los casos, errónea, ya que me consta que entre los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Castilla y León no existe otra persona con mi mismo nombre y apellidos. En razón de lo precedente, le requiero desde ahora para que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la citada ley, publique y difunda íntegramente la anterior rectificación dentro de los tres días siguientes a la recepción de esta comunicación, con relevancia semejante a la información errónea, inexacta o falsa a que me refiero más arriba, sin comentarios ni apostillas.

Todo ello con independencia de las medidas que tengo la intención de adoptar en orden a la averiguación de la fuente y circunstancias en que tal información ha llegado hasta ustedes, a fin de ejercitar las acciones judiciales y extrajudiciales que sin duda me asisten, sin excluir a su medio de comunicación como sujeto de las mismas, salvo que me ofrezcan una explicación satisfactoria de lo sucedido.

Isabel Domínguez de Vidaurreta. LEÓN

■ Este periódico utilizó los datos facilitados por la Junta de Castilla y León para elaborar las informaciones relativas a este polémico asunto. La incorrección de dichos datos ha dado lugar a situaciones como la que afecta a la funcionaria Isabel Domínguez de Vidaurreta que firma la carta que antecede a estas líneas.

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