Diario de León

TRIBUNA

Dificultades en el acceso a la vivienda en Castilla y León

Publicado por
MANUEL GARCIA ÁLVAREZ
León

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COMO implícitamente proclama la Constitución española, el disfrute de una vivienda es un requisito, casi ineludible, para el desarrollo de un proyecto de vida acorde con los derechos reconocidos a todas las personas en un Estado que no sólo pretende ser un Estado de Derecho, sino también democrático y social. Y sin embargo, el examen del resultado, hasta la fecha, de la actuaciones públicas promotoras de las condiciones necesarias para garantizar a todos el acceso a una vivienda digna y adecuada conduce a calificarlas de insuficientes y, en ocasiones, tal vez de inapropiadas. En efecto, el contexto económico y social actual se caracteriza por la existencia de obstáculos de acceso al mercado inmobiliario libre, casi insalvables para grupos de población amplios, en especial, para los jóvenes. Así, el constante incremento del precio de la vivienda libre, muy superior al de los ingresos de los ciudadanos, unido al amplio parque de viviendas no ocupadas y a la insuficiencia de la oferta de viviendas protegidas, continúan generando una coyuntura en la cual el esfuerzo y el nivel de endeudamiento que, en la actualidad, deben asumir las familias para adquirir una vivienda digna puede ser calificado de excesivo. Castilla y León no es ajena a la situación descrita, sino que, con algunas peculiaridades propias, participa de las dificultades generales de acceso a la vivienda sufridas por los ciudadanos de otras comunidades autónomas. El Procurador del Común, en su labor de defensa de los derechos de todos, se encuentra llamado a jugar un papel relevante en orden a instar a las Administraciones públicas a la adopción de aquellas medidas que, desde una perspectiva marcadamente social, mejoren la actual situación del acceso a la vivienda. Sensible a las quejas de los ciudadanos en relación con esta materia, tengo intención de continuar sugiriendo aquellas modificaciones normativas y de planificación convenientes para mejorar la situación actual, y de fiscalizar en todo momento la adecuada aplicación por parte de los sujetos públicos de los instrumentos de intervención diseñados por el ordenamiento jurídico. No han sido pocas las ocasiones en las que me he dirigido a la Junta de Castilla y León, y a los ayuntamientos de la comunidad autónoma, recomendándoles que desarrollen actuaciones dirigidas a garantizar que las actuaciones públicas, llevadas a cabo con la finalidad de facilitar el acceso a la vivienda a los ciudadanos, respeten efectivamente los derechos de éstos e incrementen su eficacia en orden a lograr el objetivo perseguido. Es este un momento en el cual, habida cuenta de las actuales circunstancias del mercado de la vivienda, las Instituciones públicas deben reforzar su compromiso con el objetivo de promover el acceso a la misma y de redefinir, allí donde sea necesario, algunos de los instrumentos de intervención hasta ahora aplicados. La experiencia adquirida estos años en el desempeño de mi función fiscalizadora de las Administraciones, me sirve de punto de partida para expresar, someramente y sin ánimo exhaustivo, algunas de las líneas básicas de actuación que deberían presidir, a mi juicio, la acción de los poderes públicos. Dos principios generales deberían, tal vez, ser tenidos en cuenta a la hora de poner en marcha políticas de intervención pública en materia de vivienda: Por una parte, colaboración y coordinación entre las distintas instancias territoriales. Y por otra, especial consideración a colectivos específicos con especiales dificultades para el acceso a la vivienda, como: discapacitados, personas mayores, jóvenes, miembros de familias numerosas o mujeres con cargas familiares, por procesos de separación y divorcio o por necesidad de alejamiento de sus parejas para evitar malos tratos, inmigrantes, etcétera. Sobre la base de estas directrices, las actuaciones públicas en la materia deben implicar, en primer lugar, una redefinición de los instrumentos públicos de intervención en el mercado del suelo, que garantice que aquéllos sean eficaces para evitar el fenómeno especulativo y, además, que constituyan un elemento de contención del proceso alcista de los precios. En segundo lugar, debe existir una apuesta decidida de los poderes públicos por el alquiler como régimen de acceso a la vivienda, adoptando medidas que favorezcan la oferta de alquileres; y hacer más atrayente, desde un punto de vista económico, su demanda, logrando, al mismo tiempo, que disminuya el número de viviendas vacías existentes en la actualidad. Por último, es ciertamente muy necesario reforzar el compromiso de los poderes públicos con las viviendas sujetas a algún régimen de protección pública, como mecanismo productor de viviendas a precios realmente asequibles para un amplio grupo de población y como sistema de contención del incremento de los precios en el mercado inmobiliario libre. Y es que, las especiales dificultades de acceso a una vivienda digna y adecuada sufridas por los ciudadanos, incompatibles con el derecho constitucionalmente reconocido, exigen un impulso de la labor de los poderes públicos en orden a la promoción de las condiciones necesarias para garantizar y facilitar aquel acceso.

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