VUELTA DE TUERCA
Temblad, ruidosos
EL TRIBUNAL Constitucional ha considerado que el ruido atenta contra los derechos fundamentales al rechazar un recurso contra una sanción por exceso de ruido impuesta al dueño de un pub de Gijón. El asunto tiene calado. Por fin, el derecho al silencio, a la paz, a la ausencia de ruido, es un bien constitucionalmente protegido según el Tribunal que interpreta nuestra Carta Magna. Es este país ruidoso y festivo, se trata indudablemente de una novedad que puede tener consecuencias en muchas actividades; léase la música estridente en los establecimientos nocturnos o, incluso, el martilleo insufrible de los tambores y de los trompeteros semanasantistas. El surgimiento de derechos sutiles es sin duda sin síntoma de civilización y de cultura. Estamos en el buen camino.