Las furias
El legado (2)
Esta especie de habitadoras de los rincones de la ciudad pueden ser italianas, croatas o brasileiras, pero sus comportamientos acaban por calificarlas y aplicarlas la ley severamente. Porque nada existe, que se sepa, más peleón que una mujer en trance. De lo que fuere: trance de amor o de odio, y cuando se desencadena la furia, se suceden los actos más míseros e infelices. Estos se dan entre señoras estupendas y entre caballeros bárbaros. Y lo que corresponde en buena ley es informar de la situación al común de vecinos para que procuren evitar contacto con vacas locas o con cerditos sin ley y procuren vivir su vida sin alteraciones. Pues fue el caso, que recogemos en la crónica general de la ciudad para general conocimiento y prevención, que dos señoras nacidas en el Brasil inagotable y vecinas de la ciudad, a punto de agotarse, de la Legio Séptima Gémina, decidieron establecer una unión marital, matrimonial o marítima, según se mire, para intentar ser felices. Y sin duda, al cabo de cierto tiempo y de muy descalificadas acciones, la pareja entró en lo que muy bien pudiéramos llamar, disconformidad de pareceres y de sangres, y las sangres de las dos enamoradas vecinas de la ciudad, comenzaron a quebrantar algunos de los artículos de la ley del matrimonio que habían venido respetando año tras año, atenidas ambas a dos a su condición de señoras muy señoras suyas. Porque, solían explicar, es que cuando el amor aprieta ni el género de los contrayentes se respeta y lo mismo se acaba por formar una unión y el fénix un tanto extraña como componer una pareja masculina y hasta neutra.
El resultado de estas dos señoras brasileiras que se unieron para amarse, terminaron por pegarse como la cola de carpintero y en un momento de auténtico fragor batallador, la una, sin duda más fuerte y más exaltada se lanzó sobre su compañera «Y agredió a su esposa», dice la información sin distinguir quién de las dos era lo uno o la otra. Con amor o sin él acabaron en el Juzgado número 2, y la señora jueza titular del mismo, luego de analizar el carácter de la bronca y sus consecuencias, decretó imponer, a la que se podría considerar culpable, una pena de tres meses de prisión. Pero la señora jueza, consciente de que la sentencia no curaba a la víctima del broncazo de sus contusiones, conmutó la pena, por la expulsión del país, con la prohibición de volver en cinco años, cuando menos.
Y aquí queríamos llegar: a que la sentencia renovada, corregida y aumentada nos parece la fórmula ideal para acabar con la tendencia entre parejas desconcertadas y desconcertantes y que esta medida correctora debiera ser de aplicación obligada ante los enredos a los que da lugar un entendimiento amoroso tardío o mal entendido. Por todos nuestros costados llegan inmigrantes, hasta del Brasil, compuestos por parejas que se enamoran y se casan sin mirar con quién. Y al cabo de los plazos previstos se producen los rompimientos y las condenas. A la vista de la solución aplicada por la señora jueza del juzgado de lo penal número 2, suponemos que la condena será incorporada al Código y aplicada hasta que la muerte les separe.
Nota: Fallecido el pasado día 27 de junio a los 102 años de edad, Victoriano Crémer había adelantado, según su costumbre, una serie de artículos que el Diario de León, interpretando que cumple la voluntad del autor, publica bajo el epígrafe El legado y la referencia numérica de cada uno de ellos .